Macarena Álvarez
Una nueva opción para los morosos que por distintas razones no han pagado el impuesto fiscal o las constribuciones es la medida ideada por la Tesorería General de la República a través del Plan de Convenios y Condonaciones, que se enmarca dentro de la implementación de la reforma tributaria.
Esta iniciativa amplía las condonaciones de intereses y multas para quienes tengan impuestos impagos a un 70%. Este beneficio comenzó el 1 de octubre, y se extenderá de manera extraordinaria hasta el próximo 31 de diciembre.
Las disposiciones del artículo 10, N° 34, de la ley de Reforma Tributaria permitirán que quienes tengan deudas puedan pagar por la vía de convenios hasta en 24 cuotas. Hasta ahora, sólo se podía suscribir acuerdos con la Tesorería en un máximo de 12 meses.
En el caso de La Araucanía, el monto de condonación será de alrededor de 85 millones de dólares. Además, la medida tiene una cobertura de 24.163 demandas por impuesto fiscal y 34.574 correspondientes al no pago de contribuciones.
Quienes quieran regularizar su situación tributaria, pueden hacerlo directamente en las oficinas de la Tesorería Regional de La Araucanía, ubicada en Claro Solar 885. También se pueden adherir a este beneficio a través del sitio web de la institución, www.tesoreria.cl.
Condonación
"Esto es un incentivo para que los contribuyentes se acerquen a la Tesorería a cancelar sus deudas", señaló Marco Antonio Vásquez, director de la Tesorería Regional de La Araucanía.
Según explicó el director regional, actualmente no existe un historial del comportamiento de pago de los contribuyentes, situación que cambiará a partir del 1 de enero del próximo año, iniciativa que se enmarca dentro de la Reforma Tributaria.
"A partir del 1 de enero de 2016 vamos a tener habilitado nuestro sistema para conocer el comportamiento de los contribuyentes. Podríamos decir que hasta el 31 de diciembre, es borrón y cuenta nueva", detalló Vásquez, agregando que "pueden venir a la Tesorería, establecer su programa de pago, generar sus convenios y aprovechar los beneficios que hay en este momento".
El tesorero regional detalló que se podrá otorgar una condonación del 70% de los intereses y multas para los casos de pago al contado de deudas, independiente de la fecha de giro o vencimiento del impuesto y sin considerar el canal por medio del cual se realiza el pago.
Para el caso de convenios de pago que aborden la totalidad de la deuda tributaria asociada a un ROL (Impuesto Territorial) o RUT (otros impuestos), se otorgará una condonación del 60%.
Finalmente, en el caso de convenios de pago parciales, el porcentaje de condonación a otorgar será de un 50%.
Vásquez enfatizó que "el beneficio de condonación de recargos legales está sujeto a que el contribuyente no presente exclusiones de parte del Servicio de Impuestos Internos (SII).
Por ejemplo, si una persona tiene una deuda neta de $75 mil, más un reajuste de $53.700 e intereses que alcanzan los $384.170, actualmente adeuda un total de $512.870 con la Tesorería; si el contribuyente opta por pagar su deuda al contado, se descontaría un 70% de los intereses (de $384.170), por lo que se le condonarían $268.919. Finalmente, el monto a pagar sería de $243.951.
Deuda regional
Al desglosar la cartera morosa de La Araucanía, quienes concentran la mayor cantidad de demandas, y por ende de dinero que será condonado, son las microempresas, las que acumulan más de $32 mil millones, representando un 67,94% del total regional.
En segundo lugar, se ubican las pequeñas empresas, con un 15,96%, lo que se traduce en una morosidad acumulada que supera los $6.800 millones.
"Esto viene a ser un aliciente para poder apoyar la gestión de la microempresa, porque cuando éstas caen en problemas con el Fisco, el SII no les autoriza la emisión de facturas, lo que paraliza su gestión. Con esta política de condonaciones, van a poder regularizar su situación y seguir con su actividad económica", sostuvo Vásquez.
En tanto, el nivel de morosidad más bajo en materia tributaria lo tiene la gran empresa con un 0,16%, lo que se traduce en $161.124.367 (ver recuadro).
Exclusiones
No pueden acceder a condonación quienes:
Hayan cometido infracción tributaria que pueda ser sancionada con multa y pena privativa de libertad.
Se encuentren querellados, denunciados, imputados o acusados conforme al Código Procesal Penal, o hayan sido sancionados por delitos tributarios hasta cumplir su pena.
Que estén sometidos al proceso de recopilación de antecedentes previsto en el artículo 161 N° 10 del Código Tributario.
70% es el máximo de
condonación en intereses y multas que entregará la Tesorería. 24
cuotas es el máximo para repactar la deuda de multas e intereses.