El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco absolvió por enajenación mental a Luis Alberto Riquelme Castro como autor de los delitos de amenazas en el contexto intrafamiliar, amenazas simples y parricidio, cometidos el 10 de noviembre de 2015 y el 2 de enero de 2016 respectivamente, en la comuna de Carahue, provincia de Cautín.
En fallo unánime le impuso a Riquelme Castro, y debido a sus condiciones de salud mental, la medida de seguridad consistente en la internación por el lapso de diez años y un día en el Hospital Psiquiátrico Dr. Phillip Pinel, perteneciente al Servicio de Salud Aconcagua, ubicado en la comuna de Putaendo, por su participación directa en los delitos anteriormente mencionados.
Los hechos
El día 2 de enero de 2016, en horas de la mañana, Riquelme, estando al interior de un domicilio en el sector rural La Sierra de Puerto Domínguez, en compañía de su madre Elena Castro Martínez, sin provocación alguna, procedió a golpearla con una botella de vidrio en la cabeza, cara y cuerpo en reiteradas ocasiones, para luego tomarle del cuello y efectuar diversos cortes con un cuchillo en esa zona, así como también, en el tórax y glúteo izquierdo, causándole la muerte a raíz de las heridas corto punzantes cervical y cervico-toráxica.