El espiral de violencia que terminó con tres asesinatos
SAN RAMÓN. En enero de 2015, Luis Torres amenazó con matar y quemar a su exconviviente. El hombre registra cuatro causas por violencia intrafamiliar.
"Te voy a matar y voy a quemar la casa". Esa fue la amenaza que en el mes de enero de 2015 Luis Torres Cañoles le profirió a su entonces pareja y conviviente, Roxana Bravo Inostroza.
La macabra advertencia fue denunciada por la mujer el 27 de enero de ese año ante tribunales y provocó que la Fiscalía abriera la primera de cuatro causas penales por delitos asociados a violencia intrafamiliar contra el gásfiter, quien hoy es acusado de asesinar y luego quemar a su ex pareja y a sus dos hijos la noche del 4 de junio pasado en la localidad de San Ramón.
En dicha causa, llevada adelante por el fiscal Juan Pablo Gerli, se pidió de inmediato las medidas cautelares de que el agresor abandonara el hogar en común que mantenía con la víctima, en calle La Ilusión 250 en la localidad de San Ramón y la prohibición de que Luis Torres se acercara a Roxana Bravo.
En la solicitud de medidas de protección el fiscal hizo presente que tras ser aplicada una pauta de riesgo de violencia intrafamiliar, ésta arrojó un nivel de riesgo calificado como "alto", debido a las condenas previas que registraba el imputado y debido a otras denuncias por delitos asociados a violencia intrafamiliar.
En resolución del 29 de enero de 2015, el juez de Garantía, Luis Olivares decretó que la medida cautelar de alejamiento se cumpliera por 45 días por "el peligro inminente para la víctima de sufrir nuevamente un maltrato constitutivo de violencia intrafamiliar".
Pese a ello, el 20 de marzo la fiscal Adelina Barriga pidió una audiencia al tribunal para manifestar la decisión de no perseverar en la causa por no reunir los antecedentes suficientes para formular y fundar una acusación contra Torres Cañoles. La decisión finalmente se comunicó el 15 de mayo de 2015 ante la jueza María Teresa Villagrán, quien en la sala 2A del Juzgado de Garantía dejó sin efecto la formalización de la investigación contra Luis Torres.
FRACTURA
El hecho de mayor violencia entre la pareja que registran los tribunales de justicia es una discusión que Torres sostuvo con Roxana Bravo la mañana del 17 de mayo de 2015, dos meses después que finalizara la primera de las causas por violencia intrafamiliar.
Según indicó el fiscal Jorge Mandiola en la acusación que presentó contra Luis Torres, el gásfiter agredió con un golpe de puño a su conviviente, resultando la mujer con una fractura nasal y del maxilar izquierdo de carácter grave, que requirió más de 30 días en sanar.
Por el hecho, la Fiscalía formalizó a Torres Cañoles por el delito de lesiones graves en calidad de autor y pidió una pena de cuatro años de presidio y la prohibición de acercarse a la víctima por un lapso de 2 años corridos.
Transcurridos 13 meses de presentada la acusación, en un procedimiento abreviado el juez Luis Olivares condenó a Torres Cañoles a la pena de tres años y un día de cárcel por el delito consumado de lesiones graves, sanción que fue sustituida por la libertad vigilada intensiva, bajo las condiciones de que Torres se sujetara a la vigilancia y orientación de un delegado de libertad vigilada perteneciente a Gendarmería de Chile.
Junto a ello, el juez Olivares acogió la petición de la Fiscalía y decretó una pena accesoria de 2 años en que Torres no podría acercarse a Roxana Bravo.
ENTRETANTO
Mientras transcurrían los 13 meses entre que la Fiscalía acusó a Luis Torres por la fractura nasal de Roxana Bravo y la sentencia del juez Luis Olivares, la mujer llevó otros dos casos de agresiones hasta el sistema judicial.
El primero aconteció el 26 de octubre de 2015 cerca de las 7 de la mañana en la casa de la mujer, ubicada en San Ramón. En la denuncia, Roxana Bravo sostiene que Luis Torres llegó al lugar y la agredió con una patada en el muslo izquierdo el que le causó una inflamación de seis centímetros, según consta en la atención de urgencia que recibió en el consultorio Miraflores de Temuco.
Ante los hechos, el fiscal Juan Pablo Gerli, solicitó el 11 de noviembre del 2015 "de manera urgente" la medida cautelar de prohibición de acercarse a la víctima por parte de Torres Cañoles por un plazo de 120 días ya que la agresión "tiene muy atemorizada" a la mujer, sostiene el documento.
Un día después, la jueza María Teresa Villagrán resolvió decretar un plazo de 45 días durante los cuales Luis Torres no podría acercarse a Roxana Bravo. La medida fue oficiada a Carabineros de Padre Las Casas para su fiscalización y notificación al imputado.
El 7 de noviembre de ese año, el fiscal Jorge Mandiola acusó a Torres Cañoles del delito de lesiones menos graves, pidiendo una pena de 300 días de presidio.
Tres meses pasaron y el 4 de febrero de 2016, el juez Nicolás Martínez-Conde sentenció a Luis Torres a una pena de multa de un tercio de una Unidad Tributaria Mensual (UTM) equivalente a la fecha a $ 15 mil. Además fue condenado a someterse a un tratamiento contra el consumo problemático de alcohol y una prohibición de acercarse a la víctima.
RIÑA FAMILIAR
Al tercer mes de la última resolución judicial en contra de Luis Torres por agresiones a su exconviviente, el gásfiter nuevamente fue requerido por la justicia tras un episodio de violencia ocurrido esta vez en la casa de sus padres, en la calle Independencia, en la localidad de San Ramón.
Allí, según consta en la causa que siguió el fiscal Cristian Crisosto, la madrugada del día 11 de mayo de 2016 se produjo una riña en la casa de los padres de Luis Torres donde resultó lesionada la ex suegra de Roxana Bravo y donde además participó el hermano del actual imputado por femicidio, Mauricio Torres Cañoles.
El hombre fue condenado por el delito de lesiones menos graves en el contexto de violencia intrafamiliar en contra de Roxana Bravo por lo que fue sancionado a pagar al Fisco una multa de un tercio de UTM y la prohibición de acercarse un año a la víctima.
CINCO MESES PRESO
A cuatro meses de ejecutoriada la condena que lo obligaba a no acercarse a la víctima, Luis Torres Cañoles llegó la madrugada del 26 de octubre de 2016 al domicilio de Roxana Bravo.
Según consta en la declaración de la víctima a Carabineros, la mujer detalla que Torres Cañoles "se encontraba en el exterior de mi casa gritando que me amaba, que yo soy sólo de él y de nadie más. Cuando le manifesté que llamaría a Carabineros para que lo tomara detenido, él manifestó que no estaba ni ahí porque sabía que lo tomarían preso".
Luis Torres fue puesto a disposición del Juzgado de Garantía donde fue formalizado por primera vez por el delito de desacato, quedando en prisión preventiva por el plazo otorgado para la investigación.
En la acusación, el fiscal Jorge Mandiola pidió una pena de 3 años de cárcel y nuevamente una pena de prohibición de acercarse a la víctima.
Tras permanecer dos meses al interior de la cárcel de Temuco, el defensor penal público de Luis Torres, el abogado Enoc Sáez, pidió al tribunal la revisión de la medida cautelar, sin embargo el juez Eduardo Pérez, decretó que el gásfiter permaneciera en la cárcel.
Torres pasó cerca de 150 días detenido bajo la medida cautelar de prisión preventiva hasta que finalmente, en sentencia del 7 de abril de 2017, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal absolvió al imputado de los cargos formulados por la Fiscalía. En declaración a la Fiscalía, hecha el 5 de diciembre de 2016, Roxana Bravo manifestó su deseo de "no seguir con esta causa ya que cuando Luis se acercó a mi casa no intentó ingresar y tampoco fue violento", precisa el registro de declaración.
Tras el juicio, Luis Torres Cañoles recobró su libertad tras cinco meses de reclusión en la cárcel de Temuco.
AMENAZA
Dos meses después, la noche del 4 de junio, y de acuerdo a los hechos narrados por el fiscal Cristian Crisosto al momento de formalizar a Luis Torres por los delitos de femicidio, dos homicidios e incendio, el gásfiter de 33 años de edad habría cumplido con la amenaza, escribiendo un último episodio de un espiral de violencia intrafamiliar que revela fallas en el sistema de protección a las mujeres víctimas.