La Municipalidad de Temuco ingresó a la Corte de Apelaciones un recurso de casación y otro de apelación, con el objetivo de impugnar la sentencia del pasado 16 de junio, que resolvió rechazar la demanda que presentó el municipio contra el gásfiter Oscar Iván Muñoz, por el incendio que destruyó el Mercado el pasado 20 de abril de 2016.
A juicio del equipo jurídico del municipio, el fallo de primera instancia del Tercer Juzgado Civil de Temuco adolece de una contradicción en su parte resolutiva.
"Este recurso se presentó únicamente porque la sentencia tiene una contradicción ya que en los hechos acreditados se establece la responsabilidad del gásfiter, pero en la parte resolutiva se rechaza la demanda indemnizatoria", precisó el abogado Francisco Vergara.
El profesional indicó que "ahí hay una contradicción que queremos que ante la Corte de Apelaciones se clarifique y se resuelva en base a los hechos acreditados".
Vergara reiteró que en la sentencia del Juzgado Civil "se establece claramente la culpabilidad del demandado, el nexo causal y los daños que son evidentes en la destrucción completa del Mercado".
DEMANDA
La demanda de la Municipalidad de Temuco contra el gásfiter Óscar Iván Muñoz fue ingresada en mayo del año pasado, buscando establecer la responsabilidad del trabajar en el incendio que terminó por destruir el Mercado.
El escrito se basó en la responsabilidad que a Óscar Iván Muñoz le asistió "en su actuar negligente en el trabajo realizado en su supuesta calidad de gásfiter, que de acuerdo a la Ley no detenta", precisaron los demandantes.
Entre la documentación que acompañó el municipio se cuentan informes de Bomberos y del Laboratorio de Criminalística de Carabineros que establecen que el fuego se inició en el lugar donde trabajó con anterioridad el gásfiter.
A un año del proceso, el Tercer Juzgado Civil de Temuco consideró que el incendio del Mercado Municipal de la capital regional se originó por la responsabilidad de Óscar Iván Muñoz, quien realizó labores de gásfiter en el local 25, sin contar con licencia de instalador autorizado por la SEC, infringiendo así la ley vigente.
El Tribunal además estableció que el calefón que intentó instalar el gásfiter no era compatible con la red de gas que tenía el Mercado, hecho que hizo que el trabajador dejara sus labores incompletas en el local 25 del tradicional recinto de abastos.
Pese a lo anterior, el tribunal no condenó a Muñoz al pago de los daños causados por el incendio "pues no se dirigió la acción en contra de todos los posibles responsables civilmente" y "al no haberse demandado a todos los posibles agentes responsables ante la ley", precisa el fallo.
CONTRADICCIÓN
Para el abogado Diego Belmar, defensor del gásfiter Óscar Iván Muñoz, la cuestionada contradicción en la que habría incurrido el Tribunal "no es tal, ya que el resultado procesal del juicio es que efectivamente se rechaza la demanda del municipio".
Belmar agregó que "si hablamos de las consideraciones u opiniones que tuvo el fallo, evidentemente consideramos que hay algunas que no nos dejan conformes y que no compartimos", refiriéndose a los considerandos del fallo, donde el Tribunal establece que el gásfiter tuvo responsabilidad civil en el incendio que destruyó el tradicional Mercado.
El profesional fue enfático en asegurar que "lo que ocurrió es que se rechazó la demanda. No hay sentencia alguna que en su parte resolutiva diga que Iván Muñoz sea el causante del incendio, ni en sede penal ni en sede civil".
El abogado, finalmente, aseveró que la apelación del municipio a la Corte de Apelaciones "es el derecho que tiene cualquier parte que está dentro de un proceso judicial civil y por lo demás es una actitud procesal que ha tenido durante todo este tiempo la Ilustre Municipalidad de Temuco y que se dio también con el sobreseimiento definitivo , cuando se estableció en sede penal que Iván Muñoz era sólo un testigo".