Corte anula la condena para exalcalde de Ancud
PABLO OSSIO. El delito de connotación sexual afectó a una menor de Pucón.
La Corte de Apelaciones de Temuco anuló el fallo del Tribunal Oral en Lo Penal (TOP) de Villarrica con el que se había condenado al exalcalde de Ancud, Pablo Ossio, a la pena de 156 días de presidio por el delito de ofensas al pudor o ultraje a las buenas costumbres que tenía como víctima a una menor de la ciudad de Pucón.
El caso tiene su génesis en una denuncia efectuada, en marzo de 2017, por una menor de 17 años que denunció tocaciones indebidas por parte del hombre de 74 años, quien insistió con trasladarla desde Pucón a Curarrehue mientras ella estaba esperando bus.
La familia efectuó la denuncia y el exedil de la comuna chilota fue llevado a juicio en mayo de este año, dictándose sentencia condenatoria por parte de las juezas de Villarrica.
En el fallo, al que tuvo acceso El Austral, se establece que aunque quedaron establecidos hechos como las tocaciones de manos y piernas, e incluso que el imputado "llevó las manos de la menor a su boca, procediendo a darle besos en las manos para pasar su lengua por los dedos", "en ningún caso existió una acción ejecutada en público, que hubiera sido vista por este, que nos permita calificar la concurrencia del grave escándalo o trascendencia exigidos por el tipo penal".
"Podemos concordar que puede ser reprochable moralmente, pero no resulta de la gravedad que el legislador exige para sancionarlo penalmente, por lo que la conclusión de estos sentenciadores será que el hecho verificado no es delito", concluye el fallo de los ministros Aner Padilla, Reinaldo Osorio y María Elena Llanos, de la Corte de Temuco.