Rodrigo Zamorano C.
El seleccionado nacional de lanzamiento de martillo, Gabriel Kehr Sabra, cumplirá en libertad y bajo la supervisión de Gendarmería, los 600 días de presidio a los cuales fue condenado por el delito de lesiones graves, durante el juicio por la muerte del ingeniero en administración, José Luis Garrido Carrasco.
En el juicio, el Tribunal Oral de Temuco acreditó que el deportista fue quien le propinó un golpe de puño en el rostro a la víctima la madrugada en que ocurrieron los hechos.
Pese a que Garrido falleció a las pocas horas después, los magistrados del Tribunal de Temuco descartaron que la muerte del profesional haya sido a consecuencia del golpe.
De este modo, los jueces condenaron a Kehr solo por el delito de lesiones graves, absolviendo al imputado por el cuasidelito de homicidio, ilícito por el cual la Fiscalía había acusado al deportista.
Tras ponderar los medios de prueba aportados por la Fiscalía y los querellantes, el juez Luis Torres y las juezas Ximena Saldivia y Adriana Knopel, resolvieron que el imputado deberá cumplir una pena de 600 días de presidio, con el beneficio de remisión condicional, quedando sujeto a la vigilancia de Gendarmería.
Beneficios
A Kehr además se le abonarán los días en que permaneció privado de libertad cumpliendo medidas cautelares durante la etapa de investigación.
Cabe recordar que tras ser formalizado, el deportista estuvo un mes en prisión preventiva, dos meses con arresto domiciliario total y un año con arresto domiciliario nocturno.
El Tribunal además rechazó la petición de los abogados de la familia de la víctima, quienes solicitaron a los jueces que se condenará a Kehr a pagar una pensión alimenticia a la hija del profesional fallecido.
Pese a que el imputado no cumplirá de forma efectiva la condena, el fiscal que instruyó la causa, Ricardo Gutiérrez, afirmó que el Ministerio Público valora de forma positiva la condena "por cuanto logramos acreditar que el imputado y acusado fue quien golpeó a la víctima el día y en el lugar de los hechos".
Para Gutiérrrez lo anterior es de relevancia dado que "el imputado durante toda la investigación y durante el juicio oral siempre negó participación y desconoció haber golpeado a la víctima, situación que quedó descartada con la prueba que rindió la Fiscalía".
El persecutor añadió que el Tribunal descartó el nexo causal del imputado con el cuasidelito de homicidio.
"En cuanto a la pena estamos dentro del mismo grado que solicitó la Fiscalía, vale decir: presidio menor en su grado medio", apuntó el fiscal.
Los abogados de la familia anunciaron que estudiarán la sentencia para decidir si procede un recurso de apelación o nulidad en la causa.
"El imputado durante toda la investigación y durante el juicio oral siempre negó participación y desconoció haber golpeado a la víctima".
Ricardo Gutiérrez,, fiscal adjunto.
Antecedentes y atención médica
En un apartado especial los sentenciadores señalan que Garrido tenía una condición anatómica particular "consistente en que la sutura sagital del cráneo no se encontraba completamente sellada, lo que era esperable para una persona de su edad". Los jueces además indicaron que tuvo incidencia en la muerte de la víctima el hecho de que no haya recibido atención médica oportuna. Garrido recién fue evaluado por un neurocirujano a las 9 de la mañana, esto es, más de cuatro horas después de haber sufrido la agresión de Kehr.