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Telecomunicaciones: libre competencia

Buenas Los operadores deben participar en igualdad de condiciones frente a los usuarios.
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Las prácticas que se están dando actualmente en la prestación de servicios de telecomunicaciones en inmuebles sujetos a régimen de copropiedad inmobiliaria requieren ser reguladas de manera clara y obligatoria, tanto para las inmobiliarias, constructoras como para las compañías de telecomunicaciones.

Necesitamos asegurar que los residentes de un edificio o condominio gocen de los beneficios de una libre competencia, en la elección de un servicio de telecomunicaciones

Si bien las últimas recomendaciones que la Subtel entregó al TDLC son un avance, todavía quedan medidas que deben ser reforzadas.

Este es el caso por ejemplo del requisito impuesto a las inmobiliarias relativo a dar aviso a tres compañías de telecomunicaciones, en la cual debiese fortalecerse la obligación de hacer publicaciones dirigidas al público en general a través de medios de comunicación de fácil acceso o en las páginas web de las mismas inmobiliarias y/o constructoras, o en registros públicos creados para estos efectos.

También es preciso considerar en la normativa la necesidad de que el ducto vertical por el que pasan los cables de estas compañías de telecomunicaciones no sólo tenga entrada desde la calle, sino también desde la azotea, para asegurar el acceso de las operadoras satelitales de servicios de telecomunicaciones, para esto es esencial que dicha conducta de construcción sea siempre exigida previo a la obtención de un permiso de edificación y recepción definitiva de las obras.

En cuanto a los edificios en los que hoy sólo se puede obtener el servicio de una empresa proveedora de telecomunicaciones, es imperioso encontrar mecanismos que favorezcan la libre competencia, especialmente las relativas a la posibilidad de instalar antenas en los balcones o en lugares comunes como la azotea, incorporando para ello normativa expresa que prohíba la dictación de reglamentos de copropiedad rígidos en esta materia.

Que son originados por las propias inmobiliarias que limitan, restringen o impiden la libre competencia de los prestadores de servicios de telecomunicaciones, entregando cualquier limitación al respecto a los copropietarios que detentan en definitiva la administración de un edificio o condominio en donde viven.

Todas estas medidas apuntan a lograr que los operadores participen en igualdad de condiciones frente a usuarios finales, que decidirán libre e informadamente qué servicio quieren contratar.