Ximena Donoso es docente en la Escuela Alonso de Ercilla desde hace 12 años. Y recién el año pasado, en agosto, dejó su calidad de 'contrata' y vía concurso público accedió a la planta.
Su trabajo no es fácil. Ella misma da cuenta que trabaja en una escuela de alta vulnerabilidad, en donde el quehacer en el aula, por factores socioculturales y del sistema, se hace cuesta arriba.
En una situación laboral de agobio evidente, la ansiada remuneración mensual es otra de las frustraciones con las que debe cargar esta docente.
'Me siento engañada y conmigo otros 953 profesores del Departamento de Educación de la Municipalidad de Temuco (Daem), a quienes no se nos pagó el bono proporcional mensual que consigna la Ley 19.933', sentencia la profesora.
La abogada Oriana Vidal, junto al representante de los profesores, el contador Jacob Valdebenito, interpusieron en noviembre del año pasado en el Juzgado del Trabajo una demanda en contra del Daem de Temuco por el no pago del bono proporcional mensual de la ley 19.933 entre los años 2007 y el 2010 y además recurrieron a la figura jurídica del subterfugio.
Según explica la abogada en la demanda, cuyo monto asciende a más de 3 mil millones de pesos, se recurrió al subterfugio laboral (cuando el empleador oculta o disfraza el patrimonio perjudicando con ello a los trabajadores), ya que como la ley 19.933 data del año 2004, según el artículo 510 del Código del Trabajo, existe un plazo normal de prescripción que es de dos años desde emitida la ley, situación que el subterfugio amplía a cinco años.
El 12 de junio de este año el Juzgado del Trabajo falló en contra de los profesores y el 25 de junio éstos presentaron un recurso de nulidad en la Corte de Apelaciones, cuya instancia fue, finalmente, declarada admisible el 7 de julio.
'En la demanda que presentamos y durante los alegatos del juicio quedó en evidencia que el no pago de este bono se ocultó, puesto que no aparecía en las liquidaciones y de hecho la magistrada pudo constatar que efectivamente no estaban pagados los recursos. Sin embargo, el tribunal también consigna que eran los docentes quienes debían haberse percatado a tiempo del no pago y por eso no acogió el subterfugio, en circunstancia que a los docentes en el municipio siempre se les decía que se les estaba pagando a cuenta del mayor valor hora', recalcó la abogada Vidal.
En opinión de la abogada, los profesores todavía tienen esperanza de ganar la demanda, ya que existe jurisprudencia en este tipo de casos en otros Daem, tanto de la Región como del país. 'Las primeras demandas que se hicieron se ganaron en primera instancia y efectivamente se constató lo que estamos pidiendo. En la Región están de ejemplo Loncoche, Cunco, Villarrica, Pucón y Collipulli, por nombrar algunas. Con los alegatos esperamos que se aplique el mismo criterio de otras comunas y se revierta la sentencia'.
El presidente del Colegio de Profesores de Temuco, Joel Chandía, indica que la posición del Departamento de Educación Municipal (Daem) siempre ha sido contraria a la del gremio.
Para el abogado de la municipalidad de Temuco, Héctor Campos, la situación está bastante clara y detalla que existe un dictamen de Contraloría que acota que el bono sólo es para los establecimientos particulares subvencionados.
'Para empezar la Ley 19.933 no es un bono distinto, sólo es un aumento de la Ley 19.410 y todos los dineros ingresados por ese concepto fueron a dar al ítem de remuneraciones. Además existe una sentencia de la Corte Suprema que señala que esos dineros corresponden a los profesores de colegios del sector particular subvencionado, no del sector municipal y de ello existe unificación de jurisprudencia por parte de la Corte Suprema', plantea el abogado.
'En la demanda y durante los alegatos del juicio quedó en evidencia que el no pago de este bono se ocultó'.
954