Con una orden de no innovar la Corte de Apelaciones de Temuco decretó la paralización total de las obras de construcción de la Central Hidroeléctrica Alto Cautín, proyecto ubicado en la comuna de Curacautín, y que limita con tres comunidades indígenas.
Si bien el proyecto energético fue aprobado por el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) el año 2006, recién comenzaron los trabajos hace un par de meses, lo que generó inquietud en las comunidades aledañas, puesto que una de las primeras obras de la empresa consistió en la tala de árboles nativos.
Bajo este escenario, las comunidades presentaron un recurso de protección en contra del SEA y de la Central Hidroeléctrica Alto Cautín S.A., el cual acogió la orden de no innovar mientras analiza el recurso.
Esta nueva presentación debiese contemplar el carácter territorial indígena del sector, el cual no fue determinado en la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) presentada el año 2005 por la empresa Agrícola Río Blanco S.A., entonces titular del proyecto.
La central tiene proyectada su ubicación a 7 kilómetros al sureste de Curacautín, en la ruta R-925S que une a dicha localidad con el Parque Nacional Conguillío.
'Aquí hubo un acto arbitrario e ilegal, que tuvo que ver con la omisión de antecedentes. Si bien este proyecto es anterior a la vigencia del Convenio 169, los efectos son actuales', explicó Manuela Royo, abogada que interpuso el recurso en nombre de la comunidad Quilape López.
Según lo indicado por Royo, dentro de la DIA presentada el año 2005 se omitió información, ya que no se señalaba afectación a las comunidades indígenas ni a árboles nativos. 'Aquí hubo un acto arbitrario e ilegal, que tuvo que ver con la omisión de antecedentes', enfatiza la abogada.
En ese sentido, lo que busca el recurso es que se anule la DIA anterior y que en caso que la empresa quiera seguir adelante con la construcción de la central hidroeléctrica, se realice un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) que deje sin efecto el acto administrativo que aprobó el proyecto hace ocho años.
Para tales fines, el recurso contempla que tanto el SEA como la empresa Central Hidroeléctrica Alto Cautín S.A. se pronuncien sobre el tema. Además, se espera un informe por parte de la Conadi, institución que el año 2005 presentó -mediante un informe- su disconformidad con la aprobación del proyecto.
En relación a la señal entregada por la Corte con esta decisión, Royo concluyó que 'creo que hemos dado el primer paso para generar un espacio de discusión respecto al tema, judicializando demandas que son de los mismos habitantes del sector'.
al tanto
En tanto, Lorena Mena, abogada del SEA, afirmó que si bien aún no han sido notificados formalmente del dictamen de la Corte, sí están al tanto de los antecedentes.
'Según los antecedentes que tenemos, dentro de los argumentos que esgrimen es que no se aplicó el Convenio 169. La postura que tenemos es radical en ese sentido, porque el Convenio 169 aún no estaba vigente, por lo tanto, no teníamos esa herramienta para poder haber hecho el proceso de consulta indígena', dijo la abogada, enfatizando el carácter preventivo de la consulta, 'se escapa de nuestras manos poder intervenir, ya que es una resolución que se dictó hace ocho años'.
Mena argumenta que el hecho que la empresa haya omitido información al SEA sobre las afectaciones, implica un error por parte del titular por sobre la autoridad ambiental.
'Tengo entendido que ellos tomaron conocimiento del proyecto por un corte de árboles. En ese sentido, señalan en su recurso que ahí hay una ilegalidad por parte del titular (la empresa), que asumió un compromiso con la autoridad ambiental -que fuimos nosotros- donde se establecía que no se iba a producir esta tala de bosque nativo', puntualizó la abogada del SEA.
En relación a los posibles escenarios que se vienen tras la resolución del recurso, Mena destaca que, si éste fuera acogido, 'lo que puede pasar es que se deje sin efecto la DIA. En caso que a la empresa quiera continuar con el proyecto, debería ingresarla nuevamente'.
Cabe destacar que, dada la institucionalidad ambiental, para realizar la consulta indígena es necesario que se presente un EIA.
Finalmente, no fue posible conseguir una versión de la empresa sobre la paralización de la obra.
2005
29 julio