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Gendarmería sanciona a machi Celestino por riña en el penal

temuco. Se habría trenzado a golpes con un interno en su dormitorio. No podrá recibir visitas durante 15 días y su defensa alude a una agresión directa.
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dahumadas@australtemuco.cl

El machi Celestino Córdova Tránsito, único condenado por la muerte del matrimonio Luchsinger-Mackay, fue sancionado por una eventual riña con un interno en la cárcel de Temuco.

El hecho terminó con los reclusos en la enfermería del recinto penal. Gendarmería ordenó una investigación interna y la Fiscalía Regional abrirá una causa para esclarecer lo acontecido.

Producto del confuso incidente, el ente carcelario decidió sancionar con 15 días de suspensión de visitas tanto a Celestino Córdova como al reo Emiliano Díaz Gómez, su vecino de dormitorio.

La defensa descarta la versión de la riña y acusa que se trató de una agresión premeditada para terminar con la buena conducta de Celestino Córdova y así evitar que cumpla los requisitos para solicitar el traslado al Centro de Educación y Trabajo (CET) de Vilcún.

Altercado

Según los antecedentes policiales, a las 12.15 horas del día domingo, personal de Gendarmería efectuaba el control de los reclusos tras el horario de visitas, cuando se percatan de una riña en el dormitorio número 5 del módulo 1, en donde pernocta el machi Celestino.

De inmediato los gendarmes concurren al lugar y encuentran que Celestino Córdova y Díaz Gómez (que no tiene ningún tipo de vinculación con la causa indígena) se intercambiaban golpes de puño y se agredían mutuamente con un palo.

Producto de las lesiones, los involucrados fueron trasladados hasta la enfermería de la unidad penal para los cuidados respectivos y constatar lesiones. No hay certeza respecto de las causas del hecho, sólo se sabe que Díaz fue el único en declarar.

En su testimonio, el reo señala que la gresca se desató por conflictos de convivencia diaria.

"En la riña ambos internos resultaron con lesiones, principalmente contusiones y erosiones, ante lo cual se adoptó el procedimiento de rigor y se determinó por parte de la jefatura de la unidad aplicar la medida de sanción por transgredir el régimen interno, de 15 días sin recibir visitas", contó el alcaide (s) de la Cárcel de Temuco, comandante Juan Pablo Jerez.

Por su parte, el abogado del machi Celestino, Jaime Moraga, manifestó que su cliente fue víctima de un ataque concertado y no de una riña, intentando echar por tierra la versión de Gendarmería, respecto de la suspensión de visitas adoptada por el organismo.

En la versión de la defensa, el día domingo al mediodía, Córdova se encontraba en el dormitorio 5 del módulo 1 -habilitado para presos mapuches- cuando el reo del dormitorio 4, Emiliano Díaz, lo atacó.

Según el abogado, el condenado aprovechó el horario de visitas para agredir al machi en su mano y frente y los gendarmes habrían hecho la vista gorda.

"No se trató de una riña, Celestino Córdova fue atacado, alevosamente por un reo de otro módulo mientras se encontraba sólo en su dormitorio y sin custodia de Gendarmería", enfatizó el letrado.

En su versión, Moraga presume que Gendarmería buscaría evitar que Celestino Córdova sea beneficiado con ser trasladado al Centro de Estudio y Trabajo (CET) de Vilcún, postulación que iba a realizar el abogado considerando que cumplía los dos bimestres de buena conducta.

"Por lo tanto a él al sancionarlo se le priva de la buena conducta y por consecuencia del beneficio a optar a la salida al CET de Vilcún (…) Lamentablemente aquí hay una responsabilidad de Gendarmería en el sentido de permitir que Celestino Córdova sea agredido", precisó el defensor particular.

Los antecedentes ya fueron derivados a la Fiscalía, la que abrirá una investigación para esclarecer los hechos que mancharon la hoja de presidiario del machi condenado a 18 años de cárcel por el crimen ocurrido en la Granja Lumahue en Vilcún.

Vocero

Por otro lado, para el guillatún (rogativa espiritual) celebrado el viernes y sábado recién pasado en la comunidad de Tres Cerros en Padre Las Casas del lof Lleupeco, con la presencia de más de tres mil mapuches, no se emanaron solicitudes a Gendarmería para la concurrencia del condenado Celestino Córdova.

Si bien la ceremonia religiosa se desarrolló con éxito, el vocero de Córdova, Sergio Painemil, indicó que "su ausencia se notó" pese a la participación de otras (os) machis del sector, y que "se pidió por el bienestar de Celestino al interior de la Cárcel".

Respecto de la sanción, el vocero acusó que sucesivamente se ha estado provocando al machi para que éste cometa alguna falta que acabe con su buena conducta.

"Es un juego del sistema, es hostigando a nuestro machi, nuestro peñi que está injustamente encarcelado para que después sea castigado o inclusive, ser trasladado a otro penal", denunció Painemil.

El machi Celestino Córdova se encuentra en prisión desde el 11 de enero de 2013 cuando fue formalizado bajo la Ley Antiterrorista por el delito de incendio con resultado de muerte en contra de Werner Luchsinger y Vivianne Mackay. El condenado no podrá recibir visitas hasta el lunes 22 de diciembre de este año, sin embargo, el castigo no contempla la recepción de encomiendas.

Rechazan amparo presentado por un comunero de Ercilla

audiencia. Buscaban dejar sin efecto ADN extraído a Hugo Melinao Licán.
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La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó el recurso de amparo presentado por el Centro de Investigación y Defensa Sur (Cidsur) en favor del comunero Hugo Melinao Licán (35) para dejar sin efecto la diligencia de extracción de ADN ordenada por el Juzgado de Collipulli.

El werkén del Lof Lolokos fue detenido junto a Juan Patricio Queipul (20) el 2 de octubre en un procedimiento policial en el marco de un atentado a dos camiones en Ercilla.

La Fiscalía busca comparar los perfiles genéticos con las muestras biológicas recuperadas desde el sitio del suceso por lo que solicitó la toma compulsiva de muestras de sangre a los detenidos.

En el caso de Melinao Licán, la diligencia se llevó a cabo el miércoles de la semana pasada en la enfermería de la cárcel del Angol.

La Corte de Apelaciones estima que "la medida goza de mérito suficiente no es arbitraria ni ilegal ni amenaza los derechos fundamentales del imputado" por lo que concluye que no afecta la dignidad e integridad del preso.

El fallo desestima la versión de la defensa la que apreciaba que los exámenes pondrían en riesgo la salud de Melinao Licán ya que se recupera con una férula de un disparo recibido en su pierna en la noche en que ocurrieron los hechos.

Hay que consignar que al mediodía del viernes pasado, en el Servicio Médico Legal (SML) de Temuco se concretó la diligencia de muestra de sangre a Juan Queipul.