Decretan zona de catástrofe en Melipeuco, Curacautín y Lonquimay
Medida. Condición otorga atribuciones especiales a jefe de Defensa Nacional.
A 24 horas desde que Intendencia decretó alerta roja en La Araucanía, el Gobierno decretó zona de catástrofe en tres comunas.
Se trata de Melipeuco, Curacautín y Lonquimay, donde se encuentran los mayores puntos de emergencia por el fuego en la Reserva China Muerta y el Parque Conguillío.
La medida fue informada ayer en Santiago por el subsecretario del Interior, Mahmud Aleuy. La decisión final ocurre horas después de que el intendente regional, Francisco Huenchumilla, firmara y oficiara el Oficio número 543, a través del cual solicitó directamente a la Presidenta Michelle Bachelet que se aplique esta determinación.
Tal documento presentado por el jefe regional detallaba que "la flora y fauna existente y las personas residentes en las zonas aledañas (al siniestro) se están viendo seriamenteafectadas en su persona y bienes". Y junto a esto, indicaba que el actual siniestro se trata de un "incendio sin control".
Además de esta solicitud, ex autoridades de Gobierno presentaron un recurso de protección en la Corte de Apelaciones de Temuco, con el mismo objetivo.
A partir de este decreto, la Presidenta de la República puede adoptar atribuciones especiales en la zona determinada.
El portal de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile explica en detalle que el estado de catástrofe se dispone "para los casos de calamidad pública". Según la información proporcionada, desde ahora Melipeuco, Curacautín y Lonquimay quedarán bajo la dependencia del jefe de la Defensa Nacional, quien tiene diversas atribuciones.
Entre las acciones enmarcadas dentro de este estado está el "asumir el mando de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública que se encuentren en la zona; controlar la entrada y salida de la zona y el tránsito en ella" y condicionar la realización de reuniones en lugares de uso público.
Además, a este personero se le atribuirá la labor de "ordenar el acopio, almacenamiento o formación de reservas de alimentos, artículos y mercancías que se precisen para la atención y subsistencia de la población en la zona", "controlar la entrada y salida de tales bienes" y "determinar la distribución o utilización gratuita u onerosa de los bienes referidos para el mantenimiento y subsistencia de la población de la zona afectada", entre otras acciones.