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Juez amplía detención en caso de parricidio

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El juez de Garantía de Angol, Francisco Boero, acogió la petición del Ministerio Público y determinó ampliar el plazo de detención hasta el lunes de Gillian Valdés Campos, a quien se le imputa haberle provocado la muerte a su hijo mientras dormía.

La mujer, quien se desempeñaba como dueña de casa, es investigada por el delito de parricidio ocurrido la tarde del jueves al interior de calle Avenida Alemania en la población Los Presidentes. El Ministerio Público precisó que mientras se encontraba durmiendo en estado de ebriedad la imputada aplastó a su bebé de ocho meses, causándole la muerte.

La audiencia comenzó a las 12 horas y se efectuó en la primera sala del tribunal, allí la fiscal Pamela Contreras aseveró que todavía no se tiene la causa de muerte del lactante, ya que falta el informe de autopsia del Servicio Médico Lega de Temuco. En tanto, el abogado defensor, Carlos Matamala, sólo argumentó que Gillian Valdés había sido detenida ilegalmente por Carabineros, antecedente que el juez desestimó en forma inmediata.

Tras lo dicho por ambas partes, el tribunal finalmente determinó ampliar el plazo de detención de Gillian Valdés hasta el día lunes. La audiencia de formalización de cargos se realizará a las 9 de la mañana.

Esto con el fin de tener el pre informe de autopsia, que será clave para determinar las causas reales de la muerte del bebé. También indicó que la imputada deberá quedar detenida en el penal de Angol.

"A la fecha no contamos con los antecedentes necesarios, primero para determinar la causa de muerte de una manera científica, es decir, tenemos algunos indicios de cómo esto ocurrió, pero necesitamos el informe del SML", sostuvo la fiscal.

Tribunal condena a médico que sustraía morfina desde Cesfam

renaico. El facultativo estuvo a cargo de la farmacia del recinto durante seis meses, tiempo en que sacó ilegalmente el medicamento para su uso personal.
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cronica@australtemuco.cl

El Tribunal Oral en lo Penal de Angol condenó ayer a un médico cirujano identificado con las iniciales R.A.G.C. por el delito de prescripción abusiva de drogas, tras determinarse que el facultativo sustrajo ilegalmente morfina desde la farmacia del Cesfam de Renaico para su uso personal.

Durante la audiencia del juicio oral, la Fiscalía, a través del persecutor Marcelo Herrera, logró acreditar que al médico, dependiente del Departamento de Salud Municipal de la referida comuna, se le encomendó ser el encargado de la farmacia del Cesfam de Renaico, entre las fechas de enero del 2012 y hasta junio del mismo año, tiempo en que el facultativo utilizó diversos recursos ilegales para obtener la droga para su consumo y uso personal.

RECETAS

En la audiencia el fiscal Herrera sostuvo que "el médico en el ejercicio de su cargo y aprovechando el conocimiento de los distintos pacientes del centro médico, con sus respectivos padecimientos, extendió a lo menos a siete pacientes diversas recetas médicas, en las cuales prescribía grandes cantidades del medicamento de morfina".

El fiscal agregó que las recetas nunca fueron entregadas a dichos pacientes ni tuvieron como objeto suministrarles el referido fármaco, sino que fueron utilizadas por el mismo imputado para su beneficio personal.

Aprovechando el escaso control que existía al interior del recinto asistencial, en razón de que era él mismo quien estaba a cargo de la farmacia, el facultativo retiraba y sustraía la morfina desde la unidad, sostuvo el Ministerio Público.

LAS DOSIS

Durante el juicio se detalló que durante el tiempo en que el médico estuvo a cargo de la farmacia, vale decir, por cerca de seis meses, sustrajo un total de 343 ampollas de morfina de 10 miligramos cada una, medicamento que había sido adquirido por el referido Cesfam a la Central Nacional de Abastecimiento y cuyo costo asciende a la suma de $1.083.194.

El fiscal además sostuvo que el imputado, sin tener la calidad de beneficiario del Cesfam de Renaico, durante el mes de marzo de 2012, se auto extendió tres recetas, en las cuales se prescribió un total de 24 unidades del medicamento clonazepam, las cuales retiró desde la misma farmacia del recinto y que estaban destinados solo a los pacientes de dicho centro.

SENTENCIA

A raíz de estas acusaciones, el médico fue condenado a la pena de cinco años de presidio, con libertad vigilada intensiva, además del pago de una multa de 20 UTM.

En la lectura de sentencia, el juez Germán Varas, adicionalmente acogió una demanda civil del Consejo de Defensa del Estado y le condenó a pagar la suma de dinero equivalente al costo de la morfina sustraída.

Tras conocer el fallo, el fiscal adjunto Marcelo Herrera, valoró la sentencia señalando que, "el fallo se valora toda vez que se le condena a cinco años pero se le otorga la pena de libertad vigilada intensiva, lo que en la práctica significa que se le nombra un delegado de Gendarmería que estará a cargo durante la vigencia de la condena y de elaborar un plan de intervención respecto del condenado, además de estrictas medidas de vigilancia".

También indicó que el imputado tendrá tratamiento especial. "El tribunal señaló que debía someterse a una terapia para el consumo problemático de estupefacientes, que fue uno de los temas que se posó dentro del juicio. En ese sentido el plan es bastante exigente y se estará muy pendiente de que se cumpla".

El persecutor reiteró su satisfacción por la sentencia que recibirá R.A.G.C. "Estoy conforme porque se recogió la tesis de la Fiscalía y así quedó plasmado en el fallo porque hubo un abuso de confianza que fue importante por parte de este funcionario. Él desafió esa confianza que se había depositado en él por parte de las autoridades administrativas y se aprovechó de sustraer la morfina".

Finalmente, indicó que este caso "es más grotesco aún porque -el imputado- se vale del conocimiento que tenía de esos pacientes del centro que a sabiendas que tenían dolores muy intensos, receta morfina para estos pacientes justificando la sustracción de esa droga, siendo él mismo quien la sustrajo", puntualizó.

En la sentencia leída por el juez Germán Varas, éste prohibió revelar el nombre del condenado y mostrar su rostro en fotografías o filmaciones.