La Fiscalía ha invocado en 25 oportunidades la Ley Emilia en la región
datos. Desde su entrada en vigencia, 12 personas han sido formalizadas por ese delito tras causarle la muerte a un tercero. Carabineros advierte una mayor conciencia desde el cambio a la normativa 18.290.
El accidente protagonizado por el futbolista Arturo Vidal en la comuna de Buin la noche del martes puso nuevamente en la esfera pública la responsabilidad de las personas a la hora de conducir un automóvil en estado de ebriedad. Si bien el crack de la Roja no le provocó daños de consideración a terceros, el incidente puso también en el tapete los alcances de la Ley Emilia, promulgada en honor a la menor de 9 meses Emilia Silva Figueroa fallecida en enero de 2013.
En tal sentido, según las estadísticas que posee el Ministerio Público, en La Araucanía - desde el 1 de septiembre de 2014 a la fecha - ésta ha sido invocada en 25 oportunidades y en doce de ellas producto de que las colisiones terminaron con personas fallecidas.
Las otras 13 causas en las cuales se ha invocado la ley han sido porque las víctimas han resultado con lesiones graves o gravísimas.
Respecto de esto último, el fiscal vocero del Ministerio Público, Roberto Garrido, detalló que en tales casos corresponde su aplicación porque "las lesiones graves requieren una recuperación de más de 30 días. Las graves o gravísimas son las que producen pérdida de algún miembro, notoria deformidad o que dejan secuelas permanente, entre otras causales".
Las mismas estadísticas señalan que el ente persecutor ha logrado condenar a dos personas por el delito de conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte. A ello se suman otros tres condenados por conducción bajo la influencia del alcohol causando lesiones graves y otras 14 que han sido sentenciadas por conducción en estado de ebriedad con resultado de lesiones.
Las cifras del Ministerio Público sostienen además que en los últimos nueve meses y fracción se ha sentenciado a un total de 553 personas por infringir las leyes del tránsito y en donde el alcohol ha estado presente en 478 causas.
En concreto, según el propio Garrido, la entrada en vigencia de esta herramienta legal (16 de septiembre de 2014) implica que una persona que va conduciendo un vehículo bajo la influencia del alcohol, "causa un accidente, que genera lesiones graves, gravísimas o la muerte a un tercero - independiente de cual sea la pena que se le aplique - por lo menos va tener que estar un año preso".
Con la nueva normativa en marcha, una persona que maneje con 0,31 hasta 0,79 gramos de alcohol por litro de sangre, significa que lo hace bajo la influencia del alcohol. De 0,8 hacía arriba, la ley tipifica el delito como estado de ebriedad.
La ley antigua (de tránsito) señalaba que una persona cometía una infracción a la Ley de Tránsito si conducía con más de 0,5 gramos de alcohol por litro de sangre y menos de 1.0, tipificándose como manejo bajo la influencia del alcohol. Si la persona conducía por sobre la última cifra, es porque se estaba en presencia de manejo en estado de ebriedad.
Según explicó el capitán de la Siat, Juan Paredes, respecto de los efectos del alcohol en una persona, esté indicó que actúa como un depresivo y que "se degrada en el organismo entre un 0.10 o 0.30 miligramos de alcohol en la sangre por hora. Mientras más tome, más tiempo necesita el organismo para desechar el alcohol del organismo".
fuga
Otro de los cambios que implicó la Ley Emilia dicen relación con que creó un nuevo delito: darse a la fuga en caso de provocar un accidente vehicular o negarse a la realización del alcohotest.
Respecto de aquello, el fiscal Garrido explicó que en caso de que ocurra una colisión y el responsable no le preste ayuda a la víctima "la Fiscalía lo va a acusar de conducción en estado de ebriedad y además por no haber prestado ayuda a la víctima. Eso ahora, constituye un delito aparte".
En tal sentido la ley es clara. Si el infractor ocasiona un accidente sin provocar daños ni lesiones, de todas formas arriesga una multa que parte en las 3 UTM y que puede llegar a 7, además de la suspensión de su licencia de conducir por el periodo de un mes.
Si la persona accidentada es víctima de lesiones leves o menos leves, el infractor arriesga una pena de 541 días de cárcel, que puede extenderse por 3 años. La multa se incrementa entre 7 a 10 UTM y se inhabilita a perpetuidad al victimario para conducir vehículos de tracción mecánica. A todo lo anterior, se asegura que la persona esté al menos un año en prisión.
Ahora bien, si las lesiones provocadas por el infractor fugado originan lesiones gravísimas, las penas de cárcel a las cuales se pueden exponer los imputados pueden llegar a los 5 años y la multa en dinero puede incrementarse en 20 UTM.
último antecedente
El último caso donde la Fiscalía invocó la Ley Emilia ocurrió el sábado 6 de junio, en uno de los accesos a Pitrufquén. Allí Ronald Carrasco Grandón (31) fue atropellado por Pablo Bornand Alcoholado (19, quien conducía con 0,72 gramos de alcohol en su cuerpo - provocando que días después uno de sus extremidades le fuera amputada.
Dicha colisión se produjo a las 04.35 horas y la alcoholemia - tomada a las 08.38 horas - arrojando 0.72 gramos de alcohol por litro de sangre, lo que motivó al fiscal Mauricio San Martín solicitar al Servicio Médico Legal hacer una proyección del alcohol que registraba Bornand a la hora del accidente y que podría hacer variar la figura de conducción bajo la influencia del alcohol a conducción en estado de ebriedad causando lesiones graves-gravísimas "lo cual aumentaría su pena en al menos un grado" precisó el persecutor.
San Martín agregó que se le imputaron dos delitos por la llamada ley Emilia o 18.390, siendo estos la "conducción bajo la influencia del alcohol, causando lesiones graves-gravísimas y además se le formalizó por huir del lugar de los hechos sin llamar a la autoridad y, tampoco prestar ayuda a la víctima pudiendo hacerlo" .
Tras ser formalizado, Pablo Bornand fue dejado en prisión preventiva por orden del Juzgado de Garantía de Pitrufquén.
carabineros
En la institución uniformada, al contrario de lo que dicen las cifras oficiales, destacaron que los conductores, acompañantes y peatones han tomado mayor conciencia de los riesgos que implica manejar o transitar con alcohol.
De hecho, el capitán de la Siat, Juan Paredes explicó que "efectivamente se ha visto un cambio y una disminución en cuanto al número de personas que eran fiscalizadas durante los controles y que registraban resultados positivos (alcohotest). Esto demuestra que efectivamente las personas están tomando conciencia de lo riesgoso de ser sorprendido en estas circunstancias".
Según Paredes, de acuerdo a su trabajo empírico en las rutas de la región, los protagonistas de accidentes de tránsito no son liderados por los jóvenes sino que, por aquellos adultos entre 35 y 40 años de edad.
El capitán de Carabineros también explicó que los factores climáticos en las distintas rutas muchas veces son factores a considerar en los accidentes. Por ejemplo, Paredes precisó que cuando existen bajas temperaturas, la humedad y el frío, tienden a provocar que las rutas se escarchen y por consiguiente que "el vehículo cuando va en desplazamiento pierde la adherencia al neumático y por ende, se provoque la pérdida de control del mismo".
seremi
En la Seremi de Transporte de La Araucanía están conscientes de que el consumo de alcohol es una conducta lamentablemente frecuente en las personas. Por ello, según su máxima autoridad, Doris Tello, enfatizaron que las campañas de prevención son cada vez más crudas y así poder llegar de mejor forma a los conductores.
"Las campañas del Conaset son cada vez más fuertes - presentan testimonios reales con declaraciones de personas incluso que han fallecido en circunstancias trágicas - pero nada de eso tiene resultado si la gente no es una imposición sino que es una obligación", indicó la autoridad.
Tello agregó que las estadísticas indican que cuando ocurre un accidente con resultados fatales, son cien las personas que se ven directa o indirectamente afectadas.
"Una persona, que conduciendo un vehículo, causa un accidente, que genera lesiones graves, gravísimas o la muerte a un tercero - independiente de la pena que se le aplique - por lo menos va tener que estar un año preso".
fiscal vocero