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Poder Judicial defiende negativa para informar la identidad de condenado

polémica. Ministerio Público consideró que la publicidad debería regir en casos como el del dentista sentenciado.
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Como una facultad de los jueces - amparados en el Código Procesal Penal - el Poder Judicial se refirió en un correo electrónico a la determinación adoptada por la magistrada María Georgina Gutiérrez de prohibirle a los medios de comunicación el pasado miércoles publicar la identidad de un dentista condenado por abuso sexual en contra de una menor de 7 años de edad, hecho ocurrido en 2013.

En la misma audiencia de lectura de sentencia, Gutiérrez solo facultó a este medio a señalar que el profesional de iniciales H.D.C.A. (35) fue condenado a una pena remitida de 541 días y otras cautelares, decisión adoptada además por los jueces Jorge Salazar y Luis Torres (presidente).

Además se aclaró que la posibilidad de resguardar la identidad del imputado o condenado "es un derecho de todas las personas y en la mayoría de los casos es requerido por la defensa".

Respecto incluso de la publicidad de las propias audiencias, se respondió que "el Código Procesal Penal le otorga a los Jueces de la República plenas facultades, por ejemplo determinar si la audiencia es pública o cerrada (siempre a requerimiento de las partes intervinientes y no a mera voluntad)".

fiscalía

A juicio del Ministerio Público, esa misma publicidad de las audiencias es la que debería regir para que posteriormente puedan ser conocidos por los presentes y por el público que desea informarse a través de los medios.

Al menos así lo dejó en claro el fiscal vocero, Roberto Garrido, quien explicó que "para el Ministerio Público desde siempre debe regir en su máxima expresión el principio de publicidad de las audiencias, esto implica que todo lo que acontece puede ser conocido, no solo por los que están en ese lugar, sino que también puede ser difundido por los medios de comunicación".

sename

Consultada por este hecho la directora regional del Servicio Nacional de Menores, Ximena Oñate, expresó que "no tengo competencia para referirme o calificar una decisión al respecto. Cada magistrado es autónomo en cómo funciona dentro de sus salas".

Eso sí, Oñate precisó que las personas que quieran informarse respecto de personas que fueron condenadas por abusos contra menores pueden hacerlo a través de un sistema público "más allá de lo que ocurra en una sala del Tribunal".

Sus dichos fueron expresados en el mismo Juzgado de Garantía, tras presentar una querella contra otro cirujano dentista, Felipe Andrés Flores Bravo, quien fue formalizado por el fiscal Jorge Mandiola por el delito de obtención de servicios sexuales de menores de edad, quedando con la medida cautelar de arresto domiciliario.

Tribunal condena a transportistas por un autoatentado en Padre Las Casas

justicia. La sentencia será dada a conocer hoy y es la primera en 15 años de la Reforma.

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El Juzgado de Garantía de Temuco - en un juicio abreviado - declaró culpable del delito de fraude de seguros a los primos Hugo Castro Delgado y Orli Martini Castro, quienes en junio del año 2014 participaron en la quema de un camión en la comuna de Padre Las Casas intentado hacer pasar el hecho como un ataque incendiario.

La culpabilidad de ambos fue acreditada incluso por los mismos imputados, quienes tras ser investigados por el Ministerio Público y la PDI reconocieron que provocaron el primer autoatentado confirmado y sentenciado en estos 15 años de Reforma Procesal Penal en la Región de La Araucanía.

El hecho ocurrió la madrugada del miércoles 18 de junio del año 2014 en el kilómetro 15 del sector Caivico del camino Huichahue y le posibilitó al dueño de la máquina (Hugo Castro) poder cobrar un seguro de $15.390.000 de parte de la asegurado BCI a poco más de un mes de denunciado el supuesto ataque incendiario, hecho que comenzó a sembrar la duda en los entes investigativos.

El avalúo del camión, marca Mercedes Benz, no superaba los $8 millones, hecho que motivó al propietario del mismo a cometer el ataque junto a su primero, lo que hoy le puede valer ser condenado a la pena efectiva de 3 años de cárcel si es que así lo dictamina el Tribunal Oral en Lo Penal de Temuco en su resolución.

detención

El lunes 3 de noviembre los primos Hugo Castro y Orli Martini fueron detenidos por efectivos de la Policía de Investigaciones tras no encontrar pistas suficientes que acreditaran que el camión siniestrado fue incendiado por terceros.

Tras tomarles declaración ante el fiscal de la causa (Luis Arroyo), ambos reconocieron que habían autoatentado contra la máquina para poder hacer el reclamo respectivo ante la empresa aseguradora.

El propio fiscal jefe de Temuco, Alberto Chiffelle, señalo en su oportunidad que el dueño de la máquina (Hugo Castro) optó por quemarlo, ya que el avalúo de la misma era de 8 millones de pesos mientras que el seguro comprometido implicaba el pago de casi el doble de ese valor.

"(El camión) al tener un avaluó de 8 millones de pesos y viendo que el seguro cubría $15 millones, optó por quemarlo", dijo el fiscal.

Uno de los hechos que más llamó la atención a la policía fue la contradicción en la ubicación del dueño de la máquina la noche del supuesto atentado. Indagaciones telefónicas lograron determinar que su ubicación era próxima al sitio del suceso siendo que Hugo Castro había señalado que iba rumbo a Santiago a la altura de la Región del Bío Bío.

Luis Bevilacqua, subprefecto de la Brigada de Investigaciones Policiales Especiales (Bipe), precisó al respecto que "el dueño del camión dijo que estaba en un lugar y nosotros establecimos que estaba en Temuco. Además habían unas cámaras que vieron el vehículo donde se movilizaban que estaba cerca del lugar donde ocurrió el incendio".

El efectivo policial agregó además que en el lugar tampoco se encontraron panfletos ni lienzos alusivos a la causa de reivindicación de tierras y que en el lugar "tampoco había ocurrido un atentado en esa época".

primera condena

El reconocimiento de ambos imputados - del autoatentado - originó que se llegara a un juicio abreviado, celebrado el martes pasado en el Juzgado de Garantía de Temuco, y de paso transformar la causa en la primera de este tipo con resultado condenatorio por este tipo de delito.

Fue el propio fiscal de la Fiscalía de Alta Complejidad, Luis Arroyo, quien valoró el hecho señalando que "es primera vez que se condena por este delito de fraude de seguros en la Región. En 15 años de Reforma Procesal Penal no había existido una investigación y una condena de esta naturaleza".

Los alcances de la misma serán dados a conocer hoy viernes en la audiencia de lectura de sentencia cerca del mediodía en el Juzgado de Garantía de Temuco.

El Ministerio Público solicitó una pena efectiva de cárcel para Hugo Castro Delgado y Orli Martini Castro de 3 años.

Para hoy está prevista la audiencia de lectura de sentencia en contra de Hugo Castro Delgado y Orli Martini Castro, ambos imputados y condenados en juicio abreviado por el delito de Fraude de Seguros. De acuerdo a la investigación, el hombre fue acompañado en otro vehículo por Orli Martiní Castro. En el lugar Hugo Castro roció combustible al camión y lo quemó. Dependiendo de la resolución, el abogado defensor de los acusados deberá determinar si presenta un recurso para intentar anular el dictamen del juzgado de Garantía.

M$8

era el avalúo del camión incendiado. Tras el autoatentado, su dueño, cobró $15 millones a la aseguradora.