"Cuando no se puede probar el delito terrorista hay que probar el Código Penal"
La Corte de Apelaciones de Temuco cumplió 90 años y su presidente, Aner Padilla, tuvo una semana copada de actividades en el marco del aniversario. Con 32 años ligados al Poder Judicial, el ex juez del crimen y fiscal judicial de Punta Arenas, hace una pausa en su agenda y advierte sobre las dificultades que tiene el uso de la Ley Antiterrorista.
Si bien aclara se debe analizar el caso a caso, el ministro cree que la aplicación del Código Penal entrega las herramientas para sancionar los delitos que ocurren en el marco del conflicto en la Región. "Si usted acusa por un delito terrorista y no lo prueba, no va a poder condenar", afirmó en su análisis respecto a éste y otros temas, en el siguiente mano a mano con El Austral.
-¿Qué opinión tiene respecto al uso de la Ley Antiterrorista?
-La Ley Antiterrorista está establecida para castigar los delitos que se hacen para causar terror y temor en la población que son delitos ya donde no hay consideración a las víctimas, no importa cuáles sean los medios, todos los medios son útiles para cometer un delito terrorista.
-¿Existe terrorismo en los casos de atentados en La Araucanía?
-En esta Región por lo menos en la oportunidad que me tocó definir estuve por el Código Penal. Yo creo que el Código Penal es la herramienta más eficaz para castigar todos estos delitos que se producen de incendio, de muerte violenta a las personas. El Código tiene penas altas, lo delicado es la prueba, cómo probar un delito terrorista, cómo prueba usted que las personas que cometieron el hecho querían causar temor en la población.
-¿Cómo se podría entender entonces un delito terrorista?
-Un delito terrorista es un delito que tiene el fin de causar terror y temor en la población, amedrentar a la gente, eso es un delito terrorista y eso usted tiene que probarlo. Si usted acusa por un delito terrorista y no lo prueba no va a poder condenar, pero si usted aplica el Código Penal que también tiene delitos de incendio, tiene delitos de estragos, tiene homicidios -y tiene penas altas- entonces yo digo si no podemos probar un delito terrorista, probemos un delito criminal.
-Por ejemplo el delito de incendio contra camiones, viviendas o maquinaria…
-Tiene penas que son todas de presidio mayor, pena de crimen, todos los delitos y no es necesario probar ningún ánimo (terrorista).
-¿Los lienzos que se abandonan en el lugar del atentado no dan pistas del ánimo?
-Eso es una prueba que el objeto que se tenía para reivindicar tierras y todo, o las amenazas pero si eso no aparece como prueba es difícil probarlo.
- ¿Sería una prueba más de amenaza que comprobar un ánimo terrorista? Por ejemplo un lienzo cuyo mensaje sea expulsar a los agricultores del territorio…
-Yo creo que es un tema caso a caso. Es decir, hay que analizar cada caso y ver los antecedentes que hay, si se puede configurar un delito terrorista. Yo digo que puede o no puede. Pero yo creo que el Código Penal nos da las herramientas.
-Generalmente son los gremios o las propias víctimas los que acusan terrorismo…
-Lo que pasa es que a todo el mundo le causa mucha impresión este tipo de delitos pero también tenemos que entender que el órgano persecutor tiene que lograr el castigo de los autores y para lograr el castigo tiene que acreditar estos hechos y el móvil, el ánimo. Entonces, si no puede probar el móvil o el ánimo terrorista, por lo menos que pruebe el hecho o la autoría y el Código Penal nos da la respuesta.
-Entonces, si las víctimas buscan justicia lo deben hacer desde el Código Penal.
-Yo no puedo hablar de cada caso porque cada caso es distinto, pero le puedo dar un ejemplo. El tema de la familia Luchsinger fue castigado por el Código Penal, incendio seguido de muerte, eso está en el Código Penal y le dieron la pena que está establecida en el Código.
-Las víctimas se dejan llevar por la conmoción…
-Claro. Ahora usted comprenderá que la pena alta o la pena baja, eso está establecido en la ley. La gente no puede decir 'no estamos conformes porque la pena es muy baja'. Nosotros tenemos parámetros para dictar sentencia y para condenar, no es un capricho.
-Entonces ¿usted recomienda aplicar el Código Penal?
-Cuando se pueda. Cuando no se puede probar el delito terrorista hay que probar el Código Penal.
-Se ha discutido modificaciones a la Ley Antiterrorista y está la idea de herramientas más intrusivas. ¿Cuál es su opinión?
-Cualquier medio que sea útil para lograr aclarar los hechos yo creo que es bienvenido.
-La figura del agente encubierto, ¿puede ser una herramienta útil para los hechos que ocurren en la Región?
-Es que usted se da cuenta de las dificultades que hay para los entes investigadores para establecer los hechos porque tiene el problema que nadie quiere declarar contra esos comuneros por muchas razones: porque no quiere, porque tienen compromiso con la causa o porque está amenazado. Entonces es un tema de prueba y las herramientas que pueda dar la ley serían licitas.
-Fiscales han criticado que en los casos en que se aplica la Ley Antiterroristas los jueces aumentan el estándar probatorio.
-Pero ahí tiene usted lo que le digo yo. Cuesta mucho probar un delito terrorista pero no cuesta probar un delito común.
-El juez Luis Olivares denunció abuso policial en un procedimiento en que se le inculpó de transportar droga. ¿Qué es lo más delicado del caso?
-Yo creo que el tema más delicado es examinar la legalidad durante el procedimiento porque usted no puede detener un bus en tránsito a medio camino. Eso lo podría hacer la policía del tránsito, el control, pero yo creo que es discutible a los menos en ese procedimiento. Si usted quiere buscar a los pasajeros vaya al terminal, ahí se hace perfectamente, va con los perritos y todo.
-¿Le pareció adecuado el actuar del juez?
-Sí, porque dio cuenta de una experiencia, quería ver hasta dónde llegaba y así se comenten los errores en la investigación y podrían ser errores que podrían llegar hasta alguna acusación.
Solemne izamiento del pabellón patrio
El día de ayer se realizó el tradicional y solemne izamiento del pabellón patrio, liderado por ministro Aner Padilla, en compañía del pleno de la Corte, el jefe de zona de Carabineros, general Nabih Soza y el alto mando de la policía uniformada. La ceremonia se desarrolló en el frontis de la Corte de Apelaciones de Temuco, y contó con la participación de los funcionarios, además de los jueces, administradores, jefes de unidad y funcionarios de la Corte, del Juzgado de Garantía y del Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Temuco. "Creemos que los 90 años de la Corte trascenderán porque nos hemos encargado de darle un sello histórico y republicano a cada una de las actividades que hemos realizado", señaló Padilla.