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Jueces absuelven a Cofré y crimen de Hagan queda sin responsables

CASO. De forma unánime, los magistrados Juan Santana, Luis Sarmiento y Ronny Lara señalaron que las pruebas de la Fiscalía fueron insuficientes. Cofré salió entre aplausos.
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Lorenzo Lovera

"Lo único que puedo decir es que la honra y la gloria es para Dios, él tiene la verdad. Mi confianza siempre ha sido en Dios, en la verdad y en mi inocencia", aseveró ayer Domingo Cofré Ferrada (45), luego de ser absuelto por el Tribunal Oral de Temuco del crimen de la sicóloga norteamericana Erica Hagan (22), ocurrido el 5 de septiembre del 2014.

Su inocencia - que expresó desde el día que fue aprehendido por la PDI, 12 de septiembre del 2014 - quedó establecida ayer tras el veredicto de los jueces Juan Santana, Luis Sarmiento y Ronny Lara, quienes por unanimidad declararon inocente al acusado por la Fiscalía como autor de homicidio calificado e incendio frustrado.

En lo medular, los magistrados estimaron que la prueba rendida por el Ministerio Público - en base a la investigación que lideró el fiscal Miguel Ángel Velásquez - "no permitió arribar al estándar de convicción reseñado (en la acusación), manteniendo consecuentemente incólume la presunción de inocencia, correspondiendo inevitablemente la absolución".

Tras la lectura, se empezaron a escuchar aplausos y llantos por parte de los familiares de Cofré, los que contrastaban con la cara de incredulidad del padre de la sicóloga, Chris Hagan, quien sin entender cómo el juicio del crimen de su hija terminaba sin un culpable, fijó sus miradas en los fiscales responsables de los alegatos Miguel Ángel Velásquez y Roberto Garrido, para luego salir del tribunal por una puerta interior sin emitir palabras del juicio.

Veredicto

Durante siete días, los jueces del Tribunal Oral escucharon a las partes, quienes presentaron menos pruebas y testigos de lo presupuestado inicialmente en la preparación de juicio oral.

Los magistrados llegaron a a la convicción en la inocencia de Cofré. "Estos sentenciadores se hacen el deber de señalar que pese a los esfuerzos destinados a buscar la verdad de lo sucedido, de parte del órgano estatal de persecución penal, en cuanto a la participación criminal se refiere, ello ha resultado absolutamente insuficiente e inocuo", dice el veredicto.

La decisión de los jueces se justificó en que los antecedentes aportados por el Ministerio Público y el querellante, Intendencia de La Araucanía, "no mellaron en absoluto el principio de inocencia que le ampara (a Cofré), asistiendo así a la obligación legal de declararlo de ese modo", afirmó el juez Ronny Lara, encargado de la lectura del fallo.

Acto seguido, los jueces hicieron referencia al mencionado atizador - arma homicida según la Fiscalía - estimando del mismo que "solo se acreditó que dicho elemento es compatible con el arma homicida, y por lo demás no se comprobó que tuviera sangre de la víctima (Erica Hagan), y habiéndose sostenido por el testigo Abarzúa que existían dos atizadores en el lugar, no se puede inferir necesariamente que el encontrado por los investigadores sea el arma homicida, existiendo una duda razonable a su respecto", dice la resolución.

A lo anterior, los jueces dejaron en claro que la Fiscalía no pudo acreditar que Cofré "tuviese llaves de la lavandería ni del departamento" del Colegio Bautista donde fue asesinada Erica Hagan, agregando que "los accesos no se encontraban forzados", desacreditando lo señalado en el juicio por los fiscales Velásquez y Garrido.

Si bien en el documento no se sindican nombres de otros imputados, los magistrados desestimaron la tesis del Ministerio Público de que Cofré fue quien ingresó al departamento de Hagan la noche del 5 de septiembre del año 2014, dándole respaldo a la teoría de la defensa, liderada por los abogados Javier Jara Müller y Luis Felipe Romero.

Al respecto, los jueces sostuvieron que "considerando el perfil de personalidad tímida y reservada de la víctima (Erica Hagan), de lo que dieron cuenta diversos testigos, resulta plausible que quien accedió al sitio del suceso haya sido persona conocida de ella, a quien voluntariamente dejó ingresar a su esfera de resguardo, lo que no es posible de descartar atendida la inexistencia de cámaras de seguridad por los accesos al departamento".

Pdi

Otro de los puntos señalados por los jueces fue el trabajo de los efectivos de la PDI. Al respecto, los magistrados señalaron que la defensa hizo notar "las deficiencias que existieron en la investigación en cuanto a las labores realizadas en el sitio del suceso".

En el relato, los jueces agregaron que "existieron inconsistencias respecto del lugar desde donde se levantó la presunta arma homicida, la elaboración de su cadena de custodia y su manejo, como el trabajo simultáneo de Bomberos y la PDI".

Acto seguido, se hizo mención al reloj Fossil que Hagan portaba en su mano derecha, el cual fue fijado fotográficamente y levantado por la misma policía y que hasta el día de hoy no se sabe dónde está.

A lo anterior, los jueces hicieron mención a la utilización de una bomba de humo al interior del sitio del suceso, además de la incautación de un pantalón de uno de los acusados y que según se refiere en el documento "no vestía el día en que acontecieron los hechos".

Otro punto referido por los encargados de la Sala 4A del Tribunal Oral guarda relación con la cronología de los hechos, señalando que no se condicen "con los consignados en la acusación", la que fue expuesta por el detective Alexis Díaz Valdivia en el juicio.

Defensa

Satisfecha se declaró la defensa de Domingo Cofré luego de escuchar los argumentos del tribunal para decretar la absolución de su representado.

El defensor Javier Jara Müller afirmó que la explicación en que " fuimos capaces de demostrar que la tesis de la Fiscalía en cuanto a la participación no fue correcta".

Jara Müller apuntó sus dardos contra los efectivos de la PDI que investigaron el caso, precisando que el resultado tiene sustento también en el "mal trabajo policial y que lamentablemente el fiscal Velásquez fue inducido a error y tomó decisiones en base a ese error" agregando que a futuro "se tiene que mejorar el trabajo de la PDI y de la Fiscalía Regional".

El abogado de Domingo Cofré además aseguró que de no ser por el citado trabajo policial "Domingo Cofré no hubiera sido acusado si la PDI hubiera hecho bien su trabajo, y eso quedó demostrado en el veredicto".

Por último, indicó que durante el proceso hubo funcionarios de la Brigada de Homicidios de la misma Policía de Investigaciones que demostraron un actuar negligente, agregando que le proporcionaron al tribunal datos inexactos y fuera de la verdad.

"Hay funcionarios de la PDI que demostraron un actuar negligente y que derechamente vinieron a decir cosas inexactas y fuera de la verdad", sentenció el jurista.

"Lo único que puedo decir es que la honra y la gloria es para Dios, él tiene la verdad. Mi confianza siempre ha sido en Dios, en la verdad y en mi inocencia".

Domingo Cofré,

absuelto del homicidio de la, sicóloga

"Domingo Cofré no hubiera sido acusado si la PDI hubiera hecho bien su trabajo".

Javier Jara Müller,, defensor de Cofré

"Creo que el veredicto fue justo. Creo que no había pruebas suficientes para demostrar que tenía algo que ver".

Charlene Martin,, tía Erica Hagan

"Creo que fuimos capaces de demostrar que la tesis de la Fiscalía en cuanto a la participación no fue correcta".

Javier Jara Müller,, abogado Domingo Cofré

"Hay funcionarios de la PDI que demostraron un actuar negligente y que derechamente vinieron a decir cosas inexactas y fuera de la verdad".

Javier Jara Müller,, defensor Domingo Cofré

"Los magistrados pudieron apreciar todos los errores que tenía la investigación y estamos conformes con el resultado".

Luis Felipe Romero,, defensor Domingo Cofré

"Falta conocer el texto de la sentencia, analizaremos si es procedente presentar un recurso de nulidad".

Roberto Garrido,, fiscal

"Creo que el veredicto fue justo. El sentido común debe decirle que no había pruebas suficientes para demostrar que tenía algo que ver".

Charlene Martin,, tía Erica Hagan