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Caso Hagan: una lapidaria sentencia revela los errores en la investigación

ANTECEDENTES. En el documento, los jueces detallaron el mal trabajo policial.
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Lorenzo Lovera

Ochenta carillas redactaron los jueces del Tribunal Oral de Temuco, Juan Santana, Luis Sarmiento y Ronny Lara, para explicar sus razones para absolver a Domingo Cofré (45) del homicidio contra la sicóloga Erica Hagan (22). A su juicio, uno de los motivos para aquello fue la propia investigación que realizaron la PDI y la Fiscalía.

Según advirtieron, ocho fueron los cuestionamientos que detectaron durante los 7 días de juicio. El primero, dice relación a cómo se planificaron las primeras diligencias, cuestionando que primero se trabajara en el cadáver y luego en el sitio del suceso.

Al respecto, los jueces Lara, Santana y Sarmiento, señalaron que dicho trabajo era a lo menos cuestionable, precisando que para mover el cadáver de Erica Hagan se debió contar con apoyo "de a lo menos dos personas" agregando que aquello pudo "borrar evidencia en ese complejo tránsito".

Otro trabajo cuestionado fue la línea de tiempo elaborada por el PDI Alexis Díaz, quien según el tribunal "a fin de hacer calzar los tiempos" elaboró dicha línea pero los jueces estimaron que "su hipótesis, no se condice con la dinámica de los hechos establecidos en la acusación".

El ADN en el atizador también fue objetado, aferrándose a que la propia Fiscalía y PDI señalaron que en él habían tres perfiles genéticos y por ende, los sentenciadores estimaron que lo único que se acreditó fue que "en un tiempo indeterminado (Cofré) dejó sus células epiteliales, pero no se acredita que fue el día que acontecieron los hechos", sentenciaron los jueces.

A todo lo anterior, se dejó en claro que no "se expuso ningún móvil del acusado para cometer tan horroroso delito" agregando también que "no resulta lógico que Hagan haya abierto la puerta a un desconocido, como lo era el acusado (Domingo Cofré)".

Mal manejo

La evidencia fue mal manejada. A esa conclusión llegaron los jueces del tribunal y aquello lo graficaron con lo sucedido con el atizador, el cual fue levantado por el comisario Herbert Viveros, quien aseguró que luego de levantarlo de la mesa lo dejó en el piso y que además lo mantuvo bajo custodia en su oficina.

Al respecto, los magistrados señalaron que "no se explica el mal manejo de las evidencias, principalmente el elemento denominado atizador, cuya cadena de custodia señala que fue levantado desde el piso, el que tenía una película de agua por encontrarse inundado".

El reloj Fossil de Erica Hagan también fue materia de cuestionamiento para los jueces luego que, la propia PDI señalara que "no tenía interés criminalístico".

Sobre aquello, los magistrados encontraron "simplista" la respuesta del comisario Viveros, indicando que "aparece como un hecho grave que se haya extraviado el reloj que portaba la víctima, sin haber podido ser periciado por haber estado sumergido en el agua, por cuanto el atizador también fue, a lo menos apoyado en el agua como lo afirmó el mismo Viveros, y por cuanto pudo haber tenido inclusive algún pelo del agresor u otro tipo de células del mismo", indicaron los sentenciadores.

Otros imputados

En el octavo punto y final, los sentenciadores hacen alusión a dos ex imputados: Esteban Gutiérrez y Robinson Soto.

Del primero, precisan que "no se explica cómo se le incautó un pantalón de buzo que no vestía al momento de ocurrido el ilícito" remarcando luego que aquello "constaba en cámaras de seguridad que formaron parte de la investigación".

En el fallo, los jueces también apuntaron que "no consta que se le hayan incautado prendas de vestir a Robinson Soto", siendo que él fue una de las últimas personas que vio con vida a Hagan la jornada del 5 de septiembre, día que en asesinaron a la sicóloga al interior del Colegio Bautista.

Silencio

Durante parte de la investigación, en la Policía de Investigaciones se negaron a hablar esgrimiendo que el proceso estaba vigente. Hoy, conocido el veredicto y la sentencia, El Austral intentó conocer las impresiones de los investigadores del caso, sin embargo, estos declinaron referirse a lo señalado por los magistrados.

Misma respuesta hubo desde el Ministerio Público, quienes escuetamente explicaron que el fallo estaba siendo analizado por la Unidad Jurídica de la Fiscalía y que por el momento, no iban a emitir comentarios.

El abogado Luis Felipe Romero, en tanto, miembro de la defensa de Domingo Cofré, adelantó que "alguna demanda contra el Estado se va a plantear".

"Yo creo que alguna demanda en contra del Estado se va a plantear".

Luis Felipe Romero,, defensor Domingo Cofré

"Lo que corresponde ahora es el estudio del fallo para evaluar la posibilidad de deducir algún recurso".

Roberto Garrido,, fiscal

Corte anuló juicio de tractorista por muerte de mapuche en el fundo Nilpe

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La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Temuco decidió acoger el recurso de nulidad de la defensa del tractorista José Cañete, quien fuera condenado a la pena de 5 años y 1 día de cárcel por la muerte del comunero José Quintriqueo ocurrida en octubre de 2014 en Galvarino.

De acuerdo a los ministros Julio César Grandón, Georgina Gutiérrez y Roberto Araneda, los antecedentes expuestos por el abogado Javier Jara Müller, de que su representado fue apedreado en instantes en que él manejaba el tractor eran verídicos y por tanto no hubo intención de asesinar al comunero la mañana del 1 de octubre.

Sernam presentó una querella por el femicidio ocurrido en Pitrufquén

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La directora del Servicio Nacional de la Mujer, Bárbara Eytel, presentó una querella contra el cónyuge que asesinó a su esposa María Angélica Varela Vivero, en agosto de este año y que la ocultó durante tres meses.

"Con esto queremos dar una señal que como Gobierno estamos solicitando la pena máxima de presidio perpetuo calificado, con una pena ejemplificadora para este femicidio porque no queremos más mujeres muertas en La Araucanía", dijo Eytel.

Del total de 45 femicidios ocurridos en el país, seis han tenido como epicentro la región de La Araucanía, siendo uno de los años más violentos.