Lorenzo Lovera
Por unanimidad, los jueces del Tribunal Oral en Lo Penal de Temuco - Óscar Viñuela, José Rau y Georgina Gutiérrez - decidieron aplicar veredicto condenatorio en contra de Guido Enrique Carihuentro Millaleo (47) por el delito "continuado de incendio de cosas muebles", ocurrido el 1 de enero de 2015 en el predio de Alejo Vielma, ubicado en Freire, y que le produjo pérdidas por $160 millones.
Según explicaron los propios jueces, luego de escuchar los alegatos de clausura por parte de la Fiscalía de Alta Complejidad y la defensa de Carihuentro, la decisión se adoptó ya que "se ha logrado acreditar, más allá de toda duda razonable, que la ocurrencia de los hechos han configurado un solo delito continuado de incendio de cosas muebles, en grado de desarrollo consumado".
Luego, el juez Rau dio lectura a los hechos acreditados por los fiscales Cristian Voullieme y Luis Espinoza respecto de la participación de Carihuentro en la quema de 3 camiones y 2 máquinas agrícolas, estimando que "se logró acreditar, superando toda duda razonable, que en el aludido delito el imputado de esta causa tuvo una participación inmediata y directa en su ejecución, siendo así desvirtuada la presunción de inocencia".
Conformidad absoluta
Pocas veces ocurre que ambos intervinientes salgan conformes tras un veredicto. Uno de esos casos ocurrió ayer en las afueras de la sala 4-A del Tribunal Oral en Lo Penal de Temuco, cuando tanto el fiscal Cristian Voullieme como el defensor, Sebastián Saavedra, expusieron sus puntos de vista tras la resolución leída por el magistrado José Rau.
Desde la Fiscalía, por ejemplo, el persecutor Cristian Voullieme, mostró su conformidad por lo acreditado durante este nuevo proceso, destacando además que la calificación jurídica les permitió solicitar una pena superior a los 5 años y 1 día de presidio.
"El Tribunal ha estimado que corresponde calificarlos como un delito continuado, sin embargo, la forma de calcular la pena es un cálculo que puede llevarlo también a pedir una pena efectiva de más de 5 años y 1 día", explicó el persecutor.
Voullieme señaló además que espera que los Tribunales apliquen una pena efectiva - ellos solicitaron una pena de 10 años y 1 día de presidio efectivo - explicando que "esperamos que los Tribunales respondan como la ciudadanía lo requiere en estos casos e imponga una pena a la altura de la gravedad de los hechos".
Por su parte, la defensa, representada por Sebastián Saavedra, al margen de que esperaban la absolución, igualmente mostró su conformidad por la calificación jurídica señalada por los jueces.
"Nos mostramos conformes con la calificación jurídica que ha realizado el Tribunal, se trata de la misma calificación que realizó en el primer juicio y es una de las tesis de calificación jurídica que había propuesto la defensa", dijo el defensor.
Así las cosas, según explicó Sebastián Saavedra, Guido Carihuentro podría recibir una condena similar a la cual fue objeto en primera instancia - 5 años de libertad vigilada - ya que según el defensor "la pena asignada al delito está dentro del margen de 3 años y un día a 5 años, lo que permitiría que nuestro representado cumpliera su pena en libertad restringida", explicó.
Por lo mismo, le solicitaron que a su representado se le aplique una pena de dos años con el beneficio de la libertad vigilada, hecho similar al que ocurre en la actualidad tras el desarrollo del primer juicio (ver recuadro), donde Carihuentro fue sentenciado a 5 años y 1 día con el beneficio de la libertad vigilada.
De hecho, ayer salió del Tribunal sin emitir declaración alguna, igual que la esposa de Alejo Vielma (víctima).
Desde el Gobierno, el subsecretario del Interior (s), Luis Correa, señaló que esperan que "esta se traduzca en una pena de cárcel efectiva".