Diego Ahumada
01/01/2015 A las 00.40 horas, Guido Carihuentro y un número indeterminado de sujetos ingresó al predio propiedad de Alejo Vielma para perpetrar un atentado incendiario.
12/01/2015 El comunero quedó en prisión preventiva por el plazo que se extienda la investigación luego de recuperarse de sus heridas tras recibir un disparo de escopeta.
En segundo juicio condenan a ocho años de cárcel a Guido Carihuentro
En un segundo juicio oral en su contra Guido Carihuentro Millaleo, de 47 años de edad, fue condenado a 8 años de cárcel. Una pena de cumplimiento efectivo distinta a los 7 años en libertad vigilada que había recibido el pasado 9 de octubre de parte del mismo tribunal en Temuco.
Se trata de la sentencia más alta por quema de camiones y maquinaria asignada en el marco del conflicto mapuche.
Lo anterior, al ser considerado como autor del delito de incendio continuado de cosas muebles el que se registró el 1 de enero en 2015 en medio de los festejos de Año Nuevo en la comuna de Freire en perjuicio del emprendedor Alejo Vielma.
La decisión fue adoptada por los jueces Óscar Viñuela, José Rau y María Georgina Gutiérrez. El fallo fue escuchado con especial atención por los intervinientes, los familiares y amigos del comunero y agricultores y dirigentes gremiales que apoyaron a la familia Vielma-Leal.
Al término de la lectura, el fiscal, Cristian Voullieme, solicitó la prisión preventiva para el condenado, ante un eventual peligro de fuga. Es así que la sala se constituyó rápidamente para dirimir la petición que finalmente fue acogida por los magistrados. Personal de Gendarmería trasladó a Carihuentro al Centro Penitenciario de Temuco.
La defensa aseguró que estudiarán la posibilidad de presentar una nueva nulidad o un recurso de queja mientras que desde el Ministerio Público y el Gobierno, aseguraron que tras dos veredictos condenatorios no es posible repetir el juicio.
En la sentencia se advierte que la pena se asigna en extensión al mal producto del delito "toda vez que el daño provocado al patrimonio del afectado significó una verdadera ruina comercial, que, como quedó asentado, ascendió a una suma aproximada de 110 millones de pesos".
Además, los jueces desestimaron la atenuante de responsabilidad de "reparar celosamente" el mal causado, al depositar $700 mil en beneficio de las víctimas y consignaron que "no hubo signo alguno de arrepentimiento en el acusado".
Reacciones
El fallo fue valorado por el fiscal Voullieme quien afirmó que pese al primer resultado "decidimos ir más allá y buscar que se anule el juicio para obtener una pena que se ajuste al mérito, a la gravedad de los hechos y las penas que contempla nuestra legislación para estos delitos".
Fue en esta misma línea que el fiscal regional, Cristian Paredes, destacó que "cuando existen los antecedentes suficientes, cuando podemos contar con testigos que aportan su declaración en juicio, cuando se confía en que las instituciones como la Fiscalía funcionan, se pueden obtener resultados como éste".
El defensor, Sebastián Saavedra del Centro de Investigación y Defensa Sur (Cidsur), dio a conocer su disconformidad y sorpresa con la decisión del tribunal calificándola de "desproporcionada".
Asimismo, sobre el peligro de fuga al que aludió la Fiscalía, fue enfático en descartarlo argumentando que su representado "tiene problemas para la marcha, tiene un ojo invalidado, en el otro gran parte de su visión se encuentra dañada y su audición por tanto consideramos que no correspondía internarlo inmediatamente en prisión preventiva".
La defensa tiene un plazo de 10 días para presentar nulidad y cinco para el recurso de queja. Al condenado se le abonará el tiempo que estuvo privado de libertad.
Gobierno
El abogado de la Intendencia, Hernán Valdebenito, se mostró conforme y comentó que la pena asignada se aplicó en orden a los principios del Estado de Derecho.
"Vamos a seguir apoyando con la misma intensidad para que el orden público sea lo que prevalezca en esta Región", señaló el abogado junto con agregar que "esto no es una sentencia ejemplificadora, es una sentencia de justicia, proporcional. Por hechos de esta naturaleza las condenas no pueden ser menores a los cinco años y en libertad", puntualizó.
En tanto, el subsecretario del Interior (s) Luis Correa destacó que "la coordinación entre el Ministerio Público, las policías y el Ministerio del Interior, permite romper la impunidad y encarcelar a criminales como Carihuentro. Esta es la pena más alta que hemos obtenido por quema de camiones y maquinarias (8 años por el delito de incendio continuado) desde la condena contra Celestino Córdova".
18/03/2015 Luego de presentar los recursos respectivos por parte de la defensa, decretan a Carihuentro la medida cautelar de arresto domiciliario total y parcial.
10/04/2015 La Fiscalía de Alta Complejidad presentó acusación y solicitó 10 años de cárcel contra el único imputado anunciando la presentación de 22 testigos para el juicio.
"No correspondía internarlo (a Carihuentro) inmediatamente en prisión preventiva".
Sebastián Saavedra,, abogado defensor
06/10/2015 Guido Carihuentro es declarado culpable por el Tribunal Oral de Temuco por el delito de incendio continuado en contra el patrimonio de Alejo Vielma.
"Decidimos ir más allá y buscar que se anule el juicio para obtener una pena que se ajuste".
Cristian Voullieme,, fiscal del caso
5 años en libertad vigilada fue condenado el 9 de octubre el comunero mapuche de Freire por la quema de 3 camiones y 2 máquinas.
110 millones de pesos fueron avaluadas las pérdidas por el propietario que debe el 50% en créditos a entidades bancarias.