Niño de 5 años falleció tras el volcamiento de un vehículo
LICÁN RAY. Alcoholemia del conductor, quien era el padre del menor, arrojó positivo. IMPORTANTE. Especialista sostiene que "si el niño hubiese estado en una silla apropiada, probablemente el resultado habría sido distinto". JUICIO ORAL. Por obtener servicios sexuales de menores.
Un trágico accidente conmovió la madrugada de ayer a vecinos y turistas de Licán Ray luego que un menor de cinco años falleciera tras salir eyectado de un vehículo que volcó en un céntrico lugar de la ciudad balneario.
De acuerdo a la información policial, a eso de las seis de la mañana, un hombre de 31 años y cuyas iniciales son M.H.B.P., perdió el control de su vehículo en calle General Urrutia con Pasaje Uno, volcándose con otras tres personas en su interior, entre ellas su pequeño hijo, M.I.B.F., de cinco años.
"Siendo las 6.05 horas aproximadamente se origina un accidente de tránsito en la localidad de Licán Ray, donde por información del conductor, el copiloto habría accionado el freno de mano, originándose la pérdida del control del vehículo y terminando en un volcamiento. Los ocupantes del vehículo eran cuatro -tres adultos y un menor- resultando, lamentablemente, este último fallecido, quien se encontraba en la parte posterior del automóvil, saliendo eyectado del mismo producto del accidente", precisó la capitán Rita Vera de la Séptima Comisaría de Villarrica.
Alcoholemia
Tras el accidente, los heridos fueron trasladados hasta el hospital comunal, en donde se determinó que el conductor -y padre del niño de 5 años- estaba bajo los efectos del alcohol. El menor, en tanto, pese a los esfuerzos realizados por los funcionarios del recinto de salud, falleció momentos más tarde.
"El adulto estaba en evidente estado de ebriedad y el menor no estaba con silla ni cinturón de seguridad, por tanto salió eyectado del vehículo cuando éste volcó. El equipo de emergencias del Samu llegó al lugar y lo reanimó, trayéndolo hasta nuestras dependencias. Aquí se continuó reanimando, pero lamentablemente no se pudo hacer más por él", señaló Cristian Fernandoi, médico jefe del Servicio de Urgencias del Hospital de Villarrica.
A lo anterior, el profesional agregó que "el padre estaba en buenas condiciones, ya que al parecer utilizaba cinturón de seguridad. Lo que sí, estaba en evidente estado de ebriedad, lo que es más delicado del asunto. Los demás pasajeros no resultaron heridos. La causa probable del fallecimiento del menor fue un traumatismo encéfalo craneano".
Precaución
Cabe señalar que el padre del menor, tras arrojar positivo en la alcoholemia, fue detenido y quedó a disposición de la justicia.
En la audiencia de control de la detención y formalización de cargos realizada en Villarrica, el fiscal José Manuel Ramírez le comunicó al conductor que inició investigación en su contra por manejo en estado de ebriedad con resultado de muerte y se le suspendió la licencia de conducir.
El magistrado decretó la medida cautelar de arresto domiciliario total y decretó seis meses para que la Fiscalía investigue el caso.
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"Si el niño hubiese estado en una silla apropiada, probablemente el resultado habría sido distinto. La eyección del niño es lo que determina la causa de muerte", comentó el médico Cristian Fernandoi, médico jefe del Servicio de Urgencias del Hospital de Villarrica.
Por su parte, la capitán Rita Vera añadió que "en la actualidad, solamente la obligación es que los niños de cuatro años inclusive, deben andar con cinturón de seguridad. A contar del 16 de marzo de este año, entra en vigencia la nueva ley que obliga a que todos los niños -de hasta 8 años inclusive- deben andar con un sistema de retención infantil, sea alzador, silla o lo que corresponda según su edad".
El cambio a la Ley de Tránsito aumentará las sanciones por llevar a un niño de 9 años sin un sistema de retención infantil como una silla, butaca o alzadores, y también por llevarlo en el asiento delantero antes de que cumpla 12 años.
A esto se suma que tras la seguidilla de accidentes de tránsito que han marcado el verano en la zona lacustre, personal policial y de salud insisten en hacer un llamado a la precaución para evitar nuevas desgracias que lamentar, y que actualmente tienen a la comuna de Villarrica promediando al menos un accidente carretero por día.
Tribunal dictó veredicto condenatorio contra
un cirujano dentista
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco dictó veredicto condenatorio en contra de Felipe Andrés Flores Bravo, como autor del delito de obtención de servicios sexuales mediante precio, en contra de las adolescentes, identificadas con las iniciales T.M.M.G. y V.L.G.F., en grado de consumado y en carácter de reiterado.
El delito fue consumado en un período de 10 meses, entre mayo de 2014 y marzo de 2015, en un departamento del Condominio Los Conquistadores, ubicado en la avenida Pedro de Valdivia de Temuco.
ARGUMENTOS
Por unanimidad, el tribunal -integrado por los magistrados Ximena Saldivia Vega (presidenta), Luis Emilio Sarmiento Luarte (redactor) y Oscar Luis Viñuela Aller- dio por establecido, más allá de toda duda razonable, "la relación fáctica propuesta, en cuanto el acusado Felipe Flores Bravo -cirujano dentista de profesión- procedió a tener relaciones sexuales con las menores iniciales T.M.M.G. -de 15 años al momento de los hechos- y V.L.G.F. -de entonces 17 años de edad- a quienes les pagaba una suma de dinero, generalmente de $40.000 por cada vez que mantenía dichas relaciones, lo que sucedió cuando las menores concurrieron hasta el domicilio de ese entonces del acusado, en un departamento de la Torre A del Condominio Los Conquistadores, emplazado en la avenida Pedro de Valdivia número 400 de Temuco".
EL VEREDICTO
El veredicto (causa RIT 361-2016) agrega "que los hechos descritos son constitutivos del delito de obtención de servicios sexuales mediante precio, establecido en el artículo 367 del Código Penal, en grado de consumado y en carácter de reiterado; correspondiéndole al acusado la participación criminal de autor de los mismos, en los términos del artículo 15 número 1 del Código Penal, por lo que el veredicto a su respecto es condenatorio".
"En este caso se ha entendido que el tipo penal protege la libertad sexual de estas menores, por cuanto se les lleva a participar de actos sexuales mediante el pago. Asimismo, otro sector ha sostenido que esto protege la indemnidad sexual del menor, esto es interfiere en el normal desarrollo de su sexualidad", precisó el fiscal Ortega, quien integra la Unidad de Delitos Sexuales de la Fiscalía Local de Temuco.
La audiencia de lectura de sentencia -que será redactada por el magistrado Luis Sarmiento Luarte- se llevará a efecto el próximo miércoles 15 de febrero, a las 13:30 horas.