Rodrigo Zamorano C.
El pasado martes 8 agosto ingresó en la Fiscalía la primera denuncia por el delito de maltrato animal en el marco de la aplicación de la nueva ley de tenencia responsable de animales, más conocida como "Ley Cholito".
Se trata de un caso registrado la semana pasada en el sector de la Feria Pinto, en la esquina de avenida Barros Arana con Balmaceda. Allí, el propietario de un caballo que tiraba su carretón de madera fue duramente increpado por transeúntes que pasaban por el lugar.
La escena no era para menos. El caballo de capa alazana apenas se mantenía en pie, con evidentes signos de mala alimentación y cuidado.
El dueño del caballo, identificado como Francisco Paillamán Sandoval, debió concurrir hasta la caseta de Carabineros ubicada en el sector tras la denuncia de una organización animalista.
OMISIÓN
Según consta en el parte policial, el animal fue hallado "en total abandono, delgado y completamente mojado, con problemas de descalcificación". Asimismo, Carabineros logró verificar que el alimento que le suministraban no era el apropiado, consistente en rábanos, paja y unos pocos granos de avena.
"De igual forma, el caballar mantenía la pata trasera del costado izquierdo sin herrar", indica la denuncia.
Los hechos, a juicio de la fiscal Vania Arancibia son constitutivos del delito de maltrato animal, tal como está descrito en la nueva ley de tenencia responsable de animales.
El cuerpo legal, sostuvo la fiscal, condena la "acción y omisión que causa maltrato al animal y que provoque daños o un menoscabo grave a la integridad física o que provocare la muerte del animal".
En este caso la omisión del propietario respecto al animal, donde no se le entrega la alimentación y cuidado adecuado, también sería constitutiva de delito.
La fiscal Arancibia conoce bien este tipo de casos y recordó los hechos ocurridos el año 2015 en la comuna de Nueva Imperial donde un hombre, identificado como Osvaldo Cerda Bustos, fue sometido a una suspensión condicional del proceso en su contra con una salida alternativa que le obligaba a entregar un total de cinco burros y tres caballos a una agrupación animalista para su cuidado.
"Se determinó por parte de veterinarios que los animales estaban en pésimas condiciones de salud. Uno de ellos falleció producto de la omisión en cuanto al cuidado y mantención de los mismos", precisó la fiscal.
MODIFICACIÓN
La nueva ley promulgada el 19 de julio establece una serie de regulaciones para los propietarios de mascotas y de animales de compañía, entre ellos registrarlo ante la autoridad competente cuando corresponda, proporcionarle alimento, albergue y buen trato.
"En el ámbito penal se establece una graduación de las penas de acuerdo al daño que se le provoca al animal", precisó la fiscal Arancibia, quien aseguró que las penas pueden llegar los tres años de presidio.
La persecutora además indicó que ahora se sumó una pena accesoria que no existía antes. "Quien sea condenado por maltrato animal, en cualquiera de sus formas, se le castigará con la inhabilidad absoluta y perpetua para la tenencia de cualquier tipo de animal", indicó.
Asimismo, las agrupaciones de tenencia responsable de mascotas podrán ingresar querellas en casos de maltrato.
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"Maltrato es toda acción u omisión que causa daños o menoscabo a la integridad física de un animal".
Vania Arancibia,
fiscal adjunta de Temuco."