Ramón Tolosa Calderón
La Tercera Sala de la Corte Suprema, en fallo dividido, rechazó cinco recursos que presentó el Instituto Nacional de Derechos Humanos, INDH, para que internos de las cárceles pudieran ejercer su derecho a voto en las elecciones del domingo 19.
La acción legal incluía a 25 reclusos de La Araucanía, cuatro mujeres y 21 varones, de cinco recintos diferentes ubicados en Temuco, Angol, Villarrica y Collipulli.
Ellos están sometidos a penas inferiores a tres años y un día o imputados por delitos que contemplen estas condenas, por lo que no se les suspende su derecho a sufragar, según la Constitución.
Para las elecciones municipales, el mismo máximo tribunal del país había acogido una petición del INDH sobre el este derecho, solo que la resolución salió cuando las votaciones ya se habían realizado.
Por este motivo el jefe regional del INDH Araucanía, Federico Aguirre, expresó que el último fallo "es una jurisprudencia que está en contradicción con otras resoluciones adoptadas por la propia Corte Suprema y en ese sentido se puede decir que es una situación que está en revisión y que requiere de una unificación para garantizar los derechos de las personas privadas de libertad".
Cuestionamiento
El fundamento de la resolución entregada por los ministros de la Suprema argumenta que "las solicitudes planteadas exceden los márgenes del recurso de protección, (...) la pretensión hecha valer, hace indispensable la dictación de normas legales que son de iniciativa exclusiva de los órganos colegisladores".
Sobre este punto el director regional del INDH, comenta que "esa excusa en el derecho internacional de los Derechos Humanos no corresponde, no se pueden invocar disposiciones de derecho interno para dejar de cumplir obligaciones en materia de DD.HH. esto es claramente una infracción. Ahora lo que le queda a estas personas es probablemente recurrir a instancias internacionales".
Federico Aguirre agregó que en total "son doce los recursos presentados a favor de personas privadas de libertad en el país y que la Corte Suprema acogió cuatro que corresponden a cárceles ubicadas en la zona norte del país, otros cuatros los rechazó y quedan cuatro pendientes, donde aún no se ha entregado un veredicto".
Sobre la continuación de acciones legales para que los internos puedan votar, Aguirre no las descartó agregando que además "se elaborarán informes oficiales que serán entregados al Estado y a organismos internacionales como el Comité de DD.HH. de la ONU".
Gendarmería
El director regional subrogante de Gendarmería en La Araucanía, coronel Leonardo Barrientos, declinó referirse al fallo entregado argumentando que "no han recibido la resolución oficial por parte de la Corte Suprema sobre el tema de la votación de internos, así que no contamos con los argumentos de la resolución".
El presidente de la Asociación Nacional de Funcionarios de Penitenciaria, Anfup en La Araucanía, David Diocares, dijo que el fallo de la Suprema es favorable.
"Nosotros no contamos con la infraestructura, las condiciones logísticas, ni el personal suficiente para garantizar la seguridad en el caso de traslado de internos a locales de votación".
Diocares agregó que "el INDH está velando por los derechos de las personas privadas de libertad, pero los funcionarios públicos de Gendarmería y del Servel también necesitamos el tiempo para que podamos ejercer nuestro derecho a voto, situación complicada si debemos reforzar los servicios ese día".
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"Es una jurisprudencia que está en contradicción con otras resoluciones adoptadas por la propia Suprema y en ese sentido se puede decir que es una situación que está en revisión".
Federico Aguirre,
jefe regional INDH Araucanía"
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"El INDH está velando por los derechos de las personas privadas de libertad, pero los funcionarios públicos de Gendarmería y del Servel también necesitamos el tiempo para poder votar".
David Diocares,
presidente ANFUP Araucanía"
internos de La Araucanía pedían en el recurso ejercer su derecho a sufragio en los próximos comicios. 25