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Corte Suprema rechaza demanda de la machi Francisca Linconao

ACCIÓN JUDICIAL. La autoridad ancestral mapuche denunció vulneración a su honra en su detención y allanamiento.
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La Corte Suprema rechazó la demanda presentada en contra del Fisco por la machi Francisca Linconao Huircapán por la supuesta vulneración al derecho a la honra en diligencia de allanamiento y detención en proceso, en el cual, finalmente, fue absuelta.

En fallo dividido, la Tercera Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Sergio Muñoz, Rosa Egnem, María Eugenia Sandoval, Carlos Aránguiz y el abogado (i) Jaime Rodríguez- rechazó el recurso de casación en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco, que desestimó la demanda tras establecer que no hubo vulneración al derecho a la honra de la demandante durante allanamiento y su detención ocurrida en 2013.

El fallo

El fallo sostiene que "la insuficiencia de elementos de prueba que permitan tener por acreditado el hecho ilícito sobre el que la demandante construye su demanda, pues, por un lado, no se puede ponderar aquella prueba que no fue incorporada legalmente al procedimiento en ninguna de sus instancias, como ocurre con la prueba documental".

"Por el contrario, concluyen que los funcionarios a cargo del procedimiento policial actuaron de manera correcta, sin despojarle de su vestimenta e indumentaria que, por lo demás, no era la distintiva de una machi, permitiendo incluso que le fuese proporcionado un atuendo por las mujeres presentes en el lugar consistente en un manto morado. Del mismo modo, concluyen que tampoco resultó demostrada la exposición de la demandante ante los medios de comunicación", dictamina la resolución judicial.

Además, el fallo sostiene que "tampoco los testimonios de los que se vale la actora para fundamentar su pretensión, resultan ser bastantes para tal propósito, al existir contradicciones entre aquellos testigos que aseveran haber presenciado los hechos y así también por tomar noticia de los mismos a través de lo divulgado en los medios".

Defensa de Smith periciará equipo incautado para acreditar que sus aplicaciones funcionan

DILIGENCIA. La abogada Marisa Navarrete había solicitado la devolución de los equipos, pero el tribunal accedió solo a un peritaje externo. La intención de la defensa es probar los softwares.
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La defensa de Álex Smith, el exasesor informático de la Unidad de Inteligencia Operativa Especial (UIOE) de Carabineros de La Araucanía, podrá acceder a los computadores incautados en el marco de la causa "Huracán II" para que, por medio de un perito, puedan levantar antecedentes sobre los mismos aparatos.

Durante la audiencia realizada este lunes en el Juzgado de Garantía de Mariquina, en la que Smith y el cabo 1° del Labocar Manuel Riquelme fueron formalizados, la abogada Marisa Riquelme alegó que para defensa era necesario obtener pruebas de esos mismos equipos incautados, con la intención de "fundamentar la existencia de la aplicación" que desarrolló Smith y que para la Fiscalía es una aplicación "falsa" que solo buscaba inducir a error en la indagación de la quema de 29 camiones en Sotraser, en Mariquina, en 2017.

Según argumentó la abogada defensora, tanto Smith como el cabo Riquelme "no tienen la instrumentación para poder desarrollar algo muy simple que es intentar probar las aplicaciones que han sido desarrolladas por el señor Smith".

Peritaje externo

Navarrete se negó al ofrecimiento de la Fiscalía, que había propuesto entregarle una copia forense del contenido de los equipos y esgrimió diferencias técnicas entre software de extracción de información.

Luego de ello, pidió a la jueza (s) de garantía Paula Fernández Bernal, que ordenara a la Fiscalía disponer los equipos que son evidencia, para una revisión de parte de un perito externo que ella misma conseguirá.

El tribunal accedió a aquella solicitud invocando la norma que permite que la defensa obtenga peritajes de una evidencia, dejando claro que los imputados no podrán tocar los equipos y que la defensa deberá informar previamente el nombre del perito que realizará aquel procedimiento.

Lo dictaminado por la magistrado rechazó aquella solicitud, estableció que una vez que se informe el nombre del perito, la Fiscalía de Los Ríos deberá disponer un día y una hora para que se realice el peritaje.

"La magistrado estableció que la defensa podría tener acceso a los equipos mediante un perito, pero ellos (los imputados) no", afirmó el fiscal regional de Los Ríos, Juan Agustín Meléndez.

Objeción denegada

El peritaje externo al que podrá acceder la defensa para intentar acreditar la existencia y el funcionamiento de "Tubicación" y "Antorcha", fue la conclusión de un alegato que empezó cuando la abogada Marisa Navarrete solicitó ante el tribunal la devolución de tres computadores que fueron incautados en contexto de la causa ya que -dijo- la Fiscalía de Los Ríos ya había periciado los equipos el pasado 16 de febrero.

La jueza rechazó aquella solicitud luego que el Ministerio Público expusiera que todavía era pertinente la necesidad de custodiar la evidencia y que todavía quedaban peritajes por realizar.

El CDE se querelló por el caso Huracán II

El Consejo de Defensa del Estado (CDE) se querelló contra el exasesor de Carabineros, Álex Smith, y el cabo 1° Manuel Riquelme, en servicio en el Labocar de Carabineros de Temuco, por su responsabilidad en la confección de lo que la Fiscalía cataloga como un "peritaje falso" basado a través del supuesto uso de un software ("Tubicación") que no existe. La acción legal del CDE se justifica en que en su calidad de funcionarios públicos se habrían cometido los delitos de falsificación de instrumento público y obstrucción a la investigación.

notebooks fueron incautados por la Policía de Investigaciones en el marco del Caso Huracán II. 3

de enero pasado el cabo Riquelme asistió a Sotraser y simuló utilizar el software, según la Fiscalía. 10