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Caso Iglesia: tribunal desestima delito terrorista pero condena a dos acusados

VEREDICTO. Pablo y Benito Trangol fueron declarados culpables del delito de incendio, en tanto que su hermano Ariel fue absuelto junto a Alfredo Tralcal.
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El Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal (TOP) de Temuco condenó a dos de los cuatro comuneros mapuches acusados como autores del incendio que destruyó el templo evangélico "Iglesia del Señor", hecho ocurrido pasadas las 21 horas del jueves 9 de junio de 2016 a la altura del kilómetro 3,5 del camino a Niágara, en la comuna de Padre Las Casas, desestimando que el delito tuviera carácter de terrorista.

Ariel Trangol Galindo, Alfredo Tralcal Coche, Benito Trangol Galindo y Pablo Trangol Galindo fueron detenidos en un control de identidad efectuado por Carabineros a casi dos horas después a unos siete kilómetros de donde ocurrió el hecho, y luego de que se supuestamente se le encontraran evidencias que hacían presumir su participación, quedaron detenidos.

Luego de más de un año y medio en prisión preventiva, periodo dentro del que pasaron más de 100 días en huelga de hambre -tras la que consiguieron que el Gobierno retirara su querella bajo Ley Antiterrorista- los hermanos Trangol Galindo y el lonko Tralcal fueron llevados a juicio oral el pasado 2 de marzo.

Tras 26 días de alegatos, concluyó ayer con un veredicto que estableció ilegalidades en la detención, restó crédito a las pruebas llevadas a estrado por parte de la Fiscalía, absolvió a dos acusados y condenó a los otros dos, por un delito en el que desestimó que fuera de carácter terrorista.

El fallo

En el fallo unánime, los jueces Luis Torres Sanhueza, Patricia Abollado Vivanco y Luis Emilio Sarmiento, comienzan considerando que la base de su veredicto es que "únicamente los acusados Pablo y Benito Trangol Galindo resultaron, en definitiva, reconocidos por testigos directos como autores materiales" del hecho.

Tales testigos declararon con medidas de protección, tras biombos, y de hecho, para el abogado defensor de Benito Trangol, dicho reconocimiento "fue inducido por imágenes de televisión y fotografías de páginas de prensa regional".

Sin embargo, más adelante, los jueces advierten que el control policial en el que fueron detenidos implicó "una abierta vulneración" a los derechos de las cuatro personas interceptadas, ya que debían haberse encontrado "indicios objetivos, comprobables y verificables para recién proceder a un control de identidad, lo que no ocurrió", situación que a juicio de los magistrados se aproxima a una detención por sospecha.

Por ende, se argumenta en el fallo, todas las supuestas evidencias que Fiscalía presentó para condenar a los cuatro mapuches que se basaron en este control de identidad -incluyendo el supuesto cartucho calibre 3.08 marca Winchester por el que Pablo Trangol fue acusado al mismo tiempo de porte ilegal de munición- fueron desestimadas como pruebas, atendiendo que están "directamente relacionadas y derivadas de un procedimiento (policial) alejado de la legalidad.

"El tribunal corroboró que hubo una infracción de garantías al momento de la detención", manifestó el defensor Juan Pablo Alday, conforme tras la absolución de su representado, Ariel Trangol.

El escrito judicial añade que "no hay tampoco prueba alguna de una supuesta concertación" entre los cuatro mapuches, ya que el que hayan ido a bordo de la misma camioneta dos horas y media después, no puede ser considerado como una prueba de "unidad de propósito y de resolución de cometer un delito".

De la misma forma, los jueces desestimaron que el incendio de la iglesia evangélica tuviera carácter terrorista, ya que la Fiscalía no aportó con datos suficientes que acreditar dicha apreciación, a lo que se sumó que dicho requerimiento "no fue compartido" por el Gobierno de Chile hasta el momento previo al veredicto.

Absolución

El fallo de siete páginas prosigue señalando que "bajo ningún respecto" se acreditó que Ariel Trangol haya estado el día y hora de los hechos en el templo, así como a Alfredo Tralcal se le imputó la "supuesta acción dolosa de haber "recogido" en su camioneta a unos determinados sujetos para "huir del lugar", extendiéndose sin justificación alguna y de manera artificiosa un supuesto conocimiento cabal y previo del atentado contra la iglesia (...) lo que aparece desprovisto de todo elemento probatorio idóneo para asignarle alguna vinculación".

En la acusación el fiscal Luis Torres solicitó una pena de 20 años de presidio.

Los absueltos fueron dejados en libertad inmediatamente, entre la felicidad de sus familiares, en tanto que la sentencia para los dos condenados se leerá el próximo 27 de abril a las 12 horas.

"Arruinaron mi vida, soy inocente"

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declarado inocente tras el Caso Iglesia

Tras la lectura de veredicto, Ariel Trangol Galindo salió del Tribunal en silla de ruedas. Su salud se vio deteriorada tras la extensa huelga de hambre que terminó en septiembre del año pasado, cuando el Ministerio del Interior desistió de aplicarles la Ley Antiterrorista a través de una querella. La lucha extensa le valió consecuencias y por lo mismo tuvo que ser llevado a su casa en una ambulancia del Hospital de Temuco, que lo fue a esperar cuando se retiró en compañía de sus hijos y su pareja.

-¿Qué sientes tras el veredicto?

-No estoy contento porque me tuvieron privado de libertad casi dos años. Estoy privado de libertad desde el 9 junio de 2016, completé casi dos años encarcelado por una injusticia, por una falsa acusación del Ministerio Público. Ese día, cuando me quitaron mi libertad, yo hablé con el fiscal Juan Pablo Salas, cuando yo no tenía idea si era fiscal o policía, pero a él le dije sinceramente que no sabía por qué me estaban deteniendo y que andaba en el Fundo San Miguel, viendo los caballos de mi padre. Había mucha gente en esa sala, recuerdo, y él nunca me mencionó que nos estaban culpando por un ataque incendiario en el que habían quemado una iglesia.

-Desestimaron el carácter terrorista...

-Nunca deberían aplicar la Ley Antiterrorista, no sé mucho de leyes, pero ellos nos acusaron falsamente, sabiendo que yo desde un principio indiqué que andaba en otro lado. Aquí quedó demostrada mi inocencia, nunca anduve en ese lugar.

-¿Cómo estás de salud?

-Por pensar en mis hijos no puedo ni dormir, a mi señora se le ha hecho muy difícil. No ha podido trabajar. Me arruinaron la vida encarcelándome por una injusticia. Esto quedó de manifiesto. Sobre mis hermanos, me parece una decisión mala porque el reconocimiento lo hicieron por diario y tele.

Ariel Trangol,