Camilo Garrido Maldonado
Culpable fue declarada María Alejandra Rodríguez Henríquez, la exfuncionaria de la Seremi de Transportes en La Araucanía, por los delitos de cohecho y falsificación de instrumento público, junto con otros cinco condenados por el delito de soborno, en el marco del juicio oral por el caso Colectivos en el que se denunció la inscripción irregular de taxis colectivos.
Tras 20 jornadas en el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco, los jueces Jorge González Salazar, José Ignacio Rau Atria y Luis Sarmiento Luarte, dieron por acreditado que entre enero de 2015 y diciembre de 2016, Rodríguez "ejecutó diversas acciones por medio de las cuales solicitó o aceptó para sí recibir beneficios económicos, para ejecutar actos con infracción a los deberes de su cargo", además de faltar a la verdad en "la narración de hechos sustanciales", ambas faltas en carácter de reiterado.
Sin embargo, se le absolvió de los delitos de lavado de activos y adulteración maliciosa del sistema de tratamiento de información.
No obstante, el tribunal declaró culpables a los empresarios Heinz, Roland y Kurt Ketterer, Previsto Vásquez y Víctor Gutiérrez, por el delito de soborno en carácter de reiterado.
En el caso resultó absuelto Gerardo Jara Fernández, expareja de la acusada, a quien se le imputó el delito de lavado de activos.
Conformidad
Gaspar Calderón, el abogado defensor de la imputada María Alejandra Rodríguez, se mostró conforme con la sanción.
"Entendemos que pueden ser penas sustitutivas, la imputada reconoció los hechos, no se puede desconocer lo que está a la vista de todo, y por lo tanto al ser absuelta de dos de los cuatro delitos de los que fuimos acusados, nos parece un importante logro", indicó el profesional.
Quien no quedó conforme fue el abogado Christian Soto, defensor de Heinz, Roland y Kurt Ketterer, puesto que defendió la postura de que sus representados actuaron dentro del marco de la ley.
"Siempre se ha manifestado que ellos hicieron relaciones comerciales lícitas", agregando que los empresarios tienen más de 30 vehículos a su haber. "El resto de vehículos deben haberse vendido, enajenado, pero ya no están en su dominio", dijo.
En tanto, el fiscal Ricardo Gutiérrez, no se mostró conforme del todo con la resolución y dijo que revisará en detalle los argumentos del tribunal, "porque teníamos la convicción de que en definitiva también existía el delito de lavado de activos".
El persecutor pidió una pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo por el delito de falsificación de instrumento público y tres años y un día de presidio menor en su grado máximo por el delito de cohecho.
De todas formas, el fiscal Gutiérrez también fijó una pena accesoria, correspondiente a la confiscación del domicilio de María Alejandra Rodríguez, ubicado en el pasaje Trinidad Candia Valverde, "en el sentido que la investigación y la propia imputada en estrado señaló que habían sido compradas con dineros que ella recibía de estos sobornos".
Por su parte, el absuelto Gerardo Jara mostró alivio por su sentencia absolutoria. Si bien dijo que emprenderá acciones judiciales como seguimiento a su participación en la causa, reparó en que aún se encuentra "masticando todavía lo que pasó".
"PENA JUSTA"
Respecto a su expareja, la condenada María Alejandra Rodríguez, Jara espera que "se le dé una pena justa, que sea con beneficios, porque aquí también hay que considerar las presiones que tuvo para hacer todo esto, y que no estuvo sola, ella no pudo haber hecho esto sola".
Además, aludió a responsabilidades de terceros, como a la exseremi Doris Tello. "Debería haber estado sentada aquí, dando la cara. Ella era la representante del servicio en ese minuto", alegó.
Sin embargo, en respuesta a este reclamo, el fiscal Ricardo Gutiérrez descartó la responsabilidad penal de la exautoridad. "Desde un principio la investigación arrojó que la seremi de Transportes no tenía ninguna participación en estos hechos", argumentó a la salida de tribunales.
La lectura de sentencia se realizará el domingo 22 de julio, a las 12:00 horas.