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Seminario abordará la prevención del abuso sexual infantil

REGIÓN. Actividad es parte de la campaña "No Enmudecer" que es impulsada por El Austral.
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Hoy martes, a partir de las 9.00 horas comenzará el seminario "No enmudecer ante el abuso sexual infantil", una actividad que tiene por objetivo contribuir mediante el traspaso de conocimiento y experiencias a la prevención de los delitos sexuales, además de dar a conocer y valorar el aporte y gestión de las distintas instituciones que combaten el abuso sexual infantil en la zona. La actividad nace en el contexto de la campaña de responsabilidad social "No Enmudecer", liderada por la Sociedad Periodística Araucanía y que nació el año 2010.

En específico, el seminario a desarrollarse en el Centro de Eventos Alto Portales, contará con las exposiciones de José Andrés Murillo, director Ejecutivo de la Fundación para la Confianza, quien dictará la charla denominada "El rol de la confianza en la prevención del abuso", en ésta reflexionará sobre el abuso sexual infantil, pero también en torno al abuso y acoso en general.

Adicionalmente, se contará con la participación de la subprefecto Catalina Barría, jefa de la Brigada de Delitos Sexuales y Menores de la PDI Temuco, quien abordará el tema "Abuso sexual: estrategias de prevención y detección".

"El nombre de esta campaña para mí es un llamado a que la gente pueda confiar en hacer las denuncias. En mi charla contaré primero cómo se deben hacer las denuncias, cómo denunciar y qué personas están obligadas a hacer sus denuncias. Después contaré cuál es el proceso investigativo que tiene una denuncia y cómo se atiende a las víctimas", comentó la policía.

Finalmente, Yohanina Muñoz Valdés, psicóloga de la Tenencia de Familia e Infancia Araucanía de Carabineros de Chile también será parte de este seminario, quien expondrá a todos los asistentes sobre la importancia que tiene el abordaje del abuso sexual infantil desde el aspecto procedimental y preventivo.

Esta actividad es impulsada por El Austral de La Araucanía en conjunto con la Universidad Santo Tomás, los municipios de Lonquimay, Cholchol y Lautaro, además de Carabineros de Chile y la PDI.

Suprema condena a Servicio de Salud por negligencia médica

INDEMNIZACIÓN. Familiares de una paciente que murió por daño hepático ganan demanda al acreditar que aquello se generó por un tratamiento erróneo.
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La Corte Suprema condenó al Servicio de Salud Araucanía Sur (SSAS) a pagar una indemnización total de 120 millones de pesos al cónyuge e hijos de una paciente fallecida debido a la falta de servicio brindado ante una reacción alérgica que presentó por un medicamento suministrado para tratar la tuberculosis.

En un fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal de Justicia del país estableció que sí hubo responsabilidad del SSAS por el mal tratamiento brindado en el Hospital Dr. Abraham Godoy Peña, de la ciudad de Lautaro, a la paciente Elba Margarita Guevara Alarcón, en agosto de 2010.

Los ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval, Juan Eduardo Fuentes Belmar y los abogados (i) Leonor Etcheberry y Pedro Pierry dictaminaron en el fallo que el Servicio reconoció expresamente que, a los tres días de iniciado el tratamiento, Elba Guevara una reacción alérgica a su tratante y que "pese a que lo informó oportunamente de la presencia de un efecto en su cuerpo que podía ser entendido como una reacción adversa a los medicamentos que se le estaban proporcionando (...) el personal médico que la atendía no adoptó ninguna de las recomendaciones indicadas en dicho protocolo".

Negligencia

El máximo tribunal condenó al Servicio de Salud Araucanía Sur al considerar que la mujer murió producto de la formulación de un diagnóstico erróneo y la aplicación de un tratamiento incorrecto.

La víctima fue diagnosticada con tuberculosis en febrero de 2010, comenzando a recibir medicamentos en junio de ese mismo año, los que le causaron inmediato malestar. A pesar que ella lo comunicó, el personal médico le señaló que se debían seguir ingiriendo.

Así lo hizo hasta la dosis 41, cuando no resistió más y cayó enferma al mismo hospital de Lautaro, donde se le diagnosticó una hepatitis grave.

Tras algunos días estando internada en el Hospital El Salvador de Santiago, esperando incluso un trasplante de hígado, la mujer murió producto de una insuficiencia hepática causada por los medicamentos.

Según los jueces, el Ministerio de Salud estableció en 2005 cuál debería ser el comportamiento un equipo médico esperable frente a la detección de reacciones adversas producidas por los fármacos prescritos para el combate de la tuberculosis, como lo son la hepatitis y las reacciones alérgicas.

Los jueces corroboraron que "en lugar de intentar identificar la droga que podía estar causando el señalado malestar, mediante el conocimiento de sus manifestaciones o a través del uso de la tabla indicada en el citado manual, o de la suspensión de la administración de los medicamentos prescritos, la decisión adoptada consistió en proporcionar clorfenamina a la paciente, sin modificar la pauta de medicinas que se le entregaban".

Inapelable

La Corte Suprema finalmente estableció que el personal médico que atendió a Elba Guevara "no sólo no efectuó las acciones necesarias para precisar el origen de la reacción alérgica (...) sino que trató dicha condición como si se tratara de un asunto secundario e irrelevante, de carácter meramente transitorio, con lo que impidió una pronta detección del cuadro hepático que terminaría causando su muerte", concluye.

El Austral contactó al SSAS para conocer su reacción sobre la resolución inapelable, desde donde se señaló que todavía no han sido notificados del fallo y por lo mismo no pueden referirse al tema.

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"No sólo no efectuó las acciones necesarias para precisar el origen de la reacción alérgica (...) sino que trató dicha condición como si se tratara de un asunto secundario e irrelevantes".

Corte Suprema

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