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Los Hechos relevantes del proceso

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4 de enero de 2013 En horas de la madrugada, un ataque incendiario a la casa patronal del fundo Granja Lumahue causa la muerte de Werner Luchsinger (74) y Vivianne Mackay (69).

30 de marzo de 2016 Once comuneros mapuches, entre ellos la machi Francisca Linconao, son detenidos de forma simultánea, acusados de participar en la muerte del matrimonio Luchsinger.

25 de octubre de 2017 En fallo unánime, la justicia absolvió a los 11 imputados por el caso Luchsinger. Un recurso de nulidad acogido por la Corte de Apelaciones obligó a repetir el proceso.

11 de junio de 2018 El Tribunal Oral de Temuco, en segundo juicio, condenó a presidio perpetuo a dos de los once comuneros acusados. Defensas recurrieron de nulidad a la Corte Suprema.

10 de octubre de 2018 La Segunda Sala Penal de la Corte Suprema elimina carácter terrorista del delito y dicta una nueva sentencia: 18 años de cárcel para Luis Tralcal Quidel y José Tralcal Coche.

Luchsinger: Suprema desestima delito terrorista y rebaja penas a condenados

FALLO. Luis Tralcal Quidel y José Tralcal Coche recibieron 18 años de presidio.
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Rodrigo Zamorano C.

El último capítulo judicial del denominado Caso Luchsinger se vivió ayer en Santiago cuando el ministro de la Corte Suprema Jorge Dahmm, leyó la parte resolutiva del fallo respecto de los recursos de nulidad ingresados al máximo tribunal del país por la defensa de los comuneros mapuches condenados en junio de este año.

La Segunda Sala Penal, compuesta por los ministros Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, Lamberto Cisternas, Manuel Antonio Valderrama y Jorge Dahmm acogió parcialmente los recursos de nulidad, eliminando la calificación terrorista al delito de incendio y dictando una nueva sentencia.

De este modo los ministros aplicaron una sentencia de reemplazo, sin el amparo de la Ley Antiterrorista y recalificando el hecho como un delito común de incendio con resultado de muerte.

El tribunal rebajó las penas de presidio perpetuo que le asistían a Luis Sergio Tralcal Quidel y José Sergio Tralcal Coche, modificando la sentencia a una pena efectiva de 18 años de presidio para ambos, como autores del delito consumado de incendio con resultado de muerte.

En tanto, José Manuel Peralino Huinca fue condenado a 5 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada.

NULIDAD

Cabe recordar que el pasado 11 de junio, tres de los once comuneros mapuches acusados de participar en el crimen del matrimonio Luchsinger- Mackay fueron condenados por el Tribunal Oral de Temuco.

Fue en ese contexto que las defensas de los condenados recurrieron de nulidad ante la Corte Suprema, alegando irregularidades en la investigación, vulneración de derechos, el acoso laboral acusado por la jueza Ximena Saldivia y también actitudes del tribunal que los abogados defensores han señalado como imparciales.

Los puntos anteriores fueron argumentados en dos jornadas de alegatos que se llevaron a cabo a finales del mes de agosto.

NUEVA SENTENCIA

Para eliminar el carácter terrorista, los ministros dicen en su resolución que el delito debió causar de forma intencional en la población o en una parte de ella "el temor justificado de ser víctima de delitos de la misma especie", situación que no está determinado en el fallo de primera instancia.

Para la Fiscalía, lo más relevante es que "se ha establecido sin lugar a dudas la participación y la condena de tres personas en el incendio y homicidio del matrimonio Luchsinger Mackay", afirmó el fiscal vocero, Roberto Garrido.

El portavoz agregó que "si bien la sentencia fue modificada, de todas maneras las penas que deberán soportar estas personas son altas y de cumplimiento efectivo".

Garrido indicó finalmente que "se ha establecido la verdad y se ha ratificado el trabajo de la Fiscalía como serio, riguroso y desarrollado con apego a la legalidad".

A LA INTERAMERICANA

Una vez conocida la resolución de los ministros, los abogados particulares de José Tralcal y Luis Tralcal afirmaron que recurrirán a instancias internacionales con una reclamación por violación de derechos judiciales.

"Nosotros decimos que es una sentencia injusta, que no respetó las garantías judiciales", afirmó Pablo Ortega, el abogado de José Tralcal Coche.

Sebastián Saavedra, en tanto, defensor del prófugo Luis Tralcal Quidel, indicó que la recalificación que hizo la Corte Suprema es tardía. "Únicamente es sacada la calificación terrorista cuando nos encontramos en las últimas instancias y cuando ya no queda nada más que hacer", afirmó.

Al finalizar la lectura del fallo se registraron incidentes al interior de la Sala Penal de la Corte Suprema con insultos y manifestaciones en contra de los ministros sin que se registraran detenidos.

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"Si bien la sentencia fue modificada, de todas maneras las penas que deberán soportar estar personas son altas y de cumplimiento efectivo".

Roberto Garrido,

fiscal vocero."

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"El fallo deja una luz de esperanza en el sentido que no fue presidio perpetuo, lo que es una condena a muerte en definitiva".

Pablo Ortega,

defensor de José Tralcal Coche."

"Esperábamos que el juicio se anulara"

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defensor

regional

Una vez conocido el fallo, el defensor regional de La Araucanía, Renato González, aseguró que la aplicación y la posterior desestimación que hace la Corte Suprema respecto al uso de la ley que sanciona conductas terroristas, es un hecho que debe ser analizado en profundidad.

González, que defendió a la machi Francisca Linconao, dos veces absuelta en la causa, afirmó que debido a la aplicación de la normativa especial, tanto su representada como otros imputados vieron obstaculizada la posibilidad de recobrar su libertad al discutirse las medidas cautelares.

El defensor regional además indicó que estudiarán la posibilidad de recurrir a la Corte Interamericana de Justicia.

-¿Cómo toma la resolución de la Corte Suprema?

-Esperábamos que el juicio se anulara y pudiésemos enfrentar un tercer juicio para demostrar la teoría de la defensa. De algún modo ya teníamos conocimiento a través de los medios de comunicación y ahora se confirmó.

- ¿Este es un fallo inapelable?

-A nivel nacional no hay instancias a las cuales recurrir, por cierto los defensores privados plantearon la posibilidad concreta de recurrir ante instancias internacionales, respecto a nuestro representado (José Peralino) corresponde hablar con él y luego analizar la posibilidad.

-¿Qué opina de la recalificación del delito?

-El tema esencial es que aquí hubo al menos ocho personas que les fueron afectados sus derechos y a quienes se les tramitó todo el juicio por terrorismo. Hubo personas que obtuvieron su libertad en la Corte de Apelaciones, pero que por voto de minoría al aplicar la Ley Antiterrorista, nuevamente quedaban privadas de libertad con prisión preventiva. La pregunta que nos hacemos es que cómo le explicamos a esas personas que ahora la Suprema reconoce que no se debía aplicar la Ley Antiterrorista.

Renato

González,