Gustavo Balmaceda, quien es doctor en Derecho Penal, ofreció una charla en Temuco sobre posible comisión de delitos de injurias y calumnias a través de medios de comunicación social. En dicho contexto se tocaron temas polémicos, como -por ejemplo- si las personas fallecidas son o no sujetos pasivos del delito de injuria.
Y la respuesta a esta interrogante fue clara: la persona que ha muerto no es sujeto pasivo de injurias. "Entonces, cuando el intendente Luis Mayol señaló que Camilo Catrillanca tenía antecedentes y esto era falso, la exautoridad y para efectos penales, no cometió el delito de injurias", señala el experto, aludiendo al tema que ha ocupado los titulares de la prensa en los últimos meses.
- ¿Y qué ocurre con las rutinas de Stefan Kramer?
- Los sketch de Kramer son con un ánimo de burla y no de injuriar y por eso las querellas que se han presentado en su contra no han prosperado, ya que él ha logrado acreditar que su ánimo ha sido sólo el de burlarse y no de injuriar.
- ¿Lo mismo ocurriría con la caricatura a la vocera de Gobierno?
- La caricatura de Cecilia Pérez que el presidente del PPD, Heraldo Muñoz, publicó en su cuenta de Twitter, tampoco constituye injuria, sino tan sólo burla.
- ¿Qué ocurriría en el caso de Marcelo Bielsa y el no darle la mano al Presidente?
- Con respecto a lo de Marcelo Bielsa y el no darle la mano al Presidente Piñera, eso fue injuria. Era un acto oficial, fue en La Moneda. Previamente él (Bielsa) se había manifestado en actitudes contrarias al Presidente. En el aspecto coetáneo, era un acto oficial en La Moneda, pero si esto hubiera ocurrido en la casa de Bielsa, el contexto habría cambiado. Si hubiera sido en la casa de Bielsa, sin publicidad, no es injuria, pero con prensa, sería en ese caso con publicidad y ahí sería injuria.
- ¿Y cuál es la diferencia entre injuria y calumnia?
- La injuria es la afectación al honor, en sentido objetivo y subjetivo, en cambio la calumnia es la imputación de un delito determinado y falso que actualmente pueda perseguirse de oficio. Un ejemplo muy fácil es: ladrón. Esa es una injuria. En cambio si digo: tu me robaste el celular ayer, eso es calumnia. Tiene que ser la imputación de un delito determinado. Por ejemplo, si yo te digo que tú ayer manejaste bajo la influencia del alcohol, no es calumnia, ya que manejar bajo la influencia del alcohol en Chile es una falta penal. Manejaste mi auto en estado de ebriedad, eso es una calumnia. Otra cosa importante es la acepción de la verdad. Si yo, al afectar tu honor, resulta que esa imputación era real en la injuria, da lo mismo, igual cometes el delito.
Finalmente Balmaceda señaló que una autoridad pública podría desnudarse en su oficina y si la secretaria le saca una foto y la sube a redes sociales, la secretaria es la que comete el delito y no la autoridad.
"
"Con respecto a lo de Bielsa y el no darle la mano al Presidente, eso fue una injuria. Era un acto oficial, fue en La Moneda"."
Pedir autorización para grabar
Otro tema abordado fue lo relativo a la grabación de conversaciones. Según el abogado, el periodista tendría que pedir autorización al entrevistado antes de grabar la conversación, "ya que el consentimiento tiene que ser expreso, de otro modo se estaría cometiendo un delito". Pero no sólo eso, aseguró que debe quedar constancia de dicha autorización. "Acá no estamos en Estados Unidos, donde no tendrías problemas; en Chile tienes que tener el consentimiento del entrevistado".