La conservación del patrimonio
Cuando hablamos de patrimonio cultural, debemos considerar los elementos tangibles y no tangibles asociados a un espacio u objeto que es valorado por los significados que su pueblo le atribuye y que son claves para conservar la identidad.
Las expresiones sociales manifestadas en la forma de tradiciones, costumbres, celebraciones, mitos, leyendas y relatos, cobran un valor primordial. Este tipo de patrimonio es considerado un factor estratégico en el desarrollo sostenible del turismo, teniendo un enfoque integrado para aumentar el atractivo del lugar y su desarrollo territorial, en un contexto de respeto social y cuidado medioambiental.
Estos insumos intangibles transmitidos de generación en generación, forman parte de la gama de elementos patrimoniales de alto valor (por estar en peligro de desaparecer), que deben ser rescatados para evitar que se pierdan.
Existen diferentes alternativas que promueven este tipo de patrimonio, y que son trabajadas en la educación escolar y superior a través de salidas a terreno, elaboración de folletos y manuales educativos o la ejecución de proyectos colaborativos de vinculación con el medio.
Hoy, gran parte de la lectura de los jóvenes se encuentra en el mundo digital. Por ello, una forma práctica de poner en valor y conservar estos elementos del patrimonio cultural, es a través de espacios que poseen una fuerza de difusión muy potente e inmediata. Es así como encontramos sitios web que publican expresiones culturales locales de este tipo, asociados a espacios geográficos y medioambientales de gran importancia. Estas expresiones del patrimonio cultural material e inmaterial deben ser rescatadas desde la escolaridad, para conservar la memoria histórica local y su relación con el entorno natural?
Ma. Gabriela Ortiz Valenzuela, Universidad San Sebastián
Protocolo Sanitario Laboral para el retorno al trabajo presencial
El 1 de junio se publicó la Ley 21.342, que tiene por objeto regular el retorno gradual y seguro al trabajo en el marco de la alerta sanitaria que estamos viviendo. Se trata de una normativa esperada, pues tiene por finalidad regular el retorno a la actividad laboral con la seguridad requerida para priorizar la salud de las personas.
En ella se establece la obligación del empleador de implementar la modalidad de teletrabajo, en el caso de que sus trabajadores acrediten padecer alguna condición que genere una alta posibilidad de presentar un cuadro grave de infección. Además, este mandamiento subsiste en los casos que la persona tenga bajo su cuidado a un menor de edad, adulto mayor o persona con discapacidad.
Asimismo, para todos aquellos que no hayan pactado la modalidad de teletrabajo de manera exclusiva, el empleador está obligado a contratar un seguro individual obligatorio de salud asociado a covid-19, en favor de los trabajadores del sector privado con contratos sujetos al Código del Trabajo y que estén desarrollando sus labores de manera presencial, total o parcial. Dicho seguro deberá estar contratado al día 4 de julio del presente año, con una duración anual.
Por último, se establece un Protocolo de Seguridad Sanitaria Laboral Covid-19, cuya aplicación deberá ser obligatoria para las empresas que quieran retomar o continuar la actividad laboral de carácter presencial. Para ello, el Instituto de Seguridad Laboral (ISL), ACHS y similares, deberán elaborar un documento tipo para cada una de sus empresas afiliadas, de manera que su implementación sea masiva.
Esta normativa es indispensable para continuar en nuestro actual contexto, ya que, reconoce los riesgos laborales que conlleva, pero los aminora a través de los aspectos que acabamos de resumir.
Beatriz Llanos, U. De las Américas
Nueva Constitución, ¿un parto difícil?
Antes de que comiencen a redactar la nueva Constitución, ya existen posiciones irreconciliables entre parte de los constituyentes con los organizadores de la primera sesión en temas no relacionados propiamente con los contenidos de la nueva Constitución, más bien domésticos, incluso con amenazas de no asistir a la sesión, de no ser aceptados.
¿Entonces qué sucederá cuando comiencen a discutir de verdad, algunos contenidos, que ya se sabe, que tienen duros promotores y detractores, también habrá "niñerías", de amenazar de no continuar, si no son incluidos determinados temas en la redacción final de la Constitución?
Para escribir y que nazca la nueva Constitución tienen nueve meses, el mismo tiempo que dura un embarazo (aunque en este caso especial, puede ser prorrogable por tres meses más), y además dependerá de la buena voluntad para llegar a acuerdos, entre todos los constituyentes para que el parto de la nueva Constitución sea normal, con una cesárea programada o de emergencia, o en último caso con fórceps, en los tiempos programados, pero lo más importante, para todas las chilenas y todos los chilenos, es que la nueva Constitución nazca "sanita".
Luis Enrique Soler Milla