El Austral
La seremi del Trabajo y Previsión Social, Claudia Tapia de la Peña, junto a la directora del Trabajo, Roxana Espinoza, y dirigentes de sindicatos regionales como CUT Cautín y la Federación de Trabajadores del retail, FESIR, visitaron diversos locales del comercio en el centro de Temuco, con la finalidad de informar sobre los derechos de los trabajadores de cara al plebiscito de hoy.
La seremi explicó que "los trabajadores y trabajadoras cuentan con un permiso legal autorizado por el plazo mínimo de 2 horas. En este contexto, la Dirección del Trabajo emitió un dictamen que regula dicho permiso considerando que esta ocasión se trata de una votación obligatoria que, incluso, arriesga multas fijadas por el sistema electoral para quienes no sufraguen, por lo cual es recomendable que los empleadores organicen los turnos de trabajo de modo de facilitar el derecho a sufragio", finalizó.
Por su parte, Roxana Espinoza explicó que para ejercer su derecho "los trabajadores cuentan con un permiso de 2 horas para ir a sufragar, tiempo que puede ampliarse de común acuerdo con sus empleadores si los tiempos de desplazamiento así lo requieren".
Fiscalizaciones
Asimismo, informó que se fiscalizará en la jornada del Plebiscito Constitucional que, en primer lugar, se respete el derecho a sufragio de los trabajadores que deban laborar ese día. Y, en segundo término, que se respete el feriado obligatorio de aquellas personas que se desempeñan en comercios administrados por una misma razón social o personalidad jurídica, como malls y strip center. Solo en el caso de estos trabajadores, el feriado tiene además el carácter de irrenunciable.
La Dirección del Trabajo anunció que se fiscalizarán las denuncias que sean recibidas en el canal de atención telefónica, en el número 600 450 4000, entre las 9 y las 14 horas de hoy en el sitio web institucional, www.dt.gob.cl.
trabajadores de malls y strip centers
Finalmente, la seremi subrayó que "la norma legal vigente para esta jornada plebiscitaria considera el feriado obligatorio para los trabajadores que laboren en malls, strip centers u otros centros comerciales con varios locales, administrados por una misma razón social o personalidad jurídica. Quedan exceptuados de esta norma quienes trabajan en otro tipo de comercio, como supermercados y tiendas ajenas a los complejos comerciales con administración única. También pueden trabajar los dependientes de servicentros, farmacias de urgencia o de aquellas con turnos fijados por la autoridad sanitaria".