Arrendamiento de cabañas
Frente a incumplimiento de condiciones comerciales se puede realizar un reclamo ante el Sernac. Hay que tener clara la diferencia entre un servicio que se encuentra resguardado por las normas de la Ley del Consumidor y otro que no.
Durante el verano muchas familias salen de su domicilio y optan por las opciones más prácticas para vacacionar cómodos y con precios razonables. Esto se traduce, la mayoría de las veces, en el arriendo de una casa o cabaña, lo cual por su parte resulta un lucrativo negocio para los arrendadores. Lo cierto es que desde el punto de vista práctico jurídico se deben tener presente algunas consideraciones al momento de elegir el lugar de desanso.
Según plantea Sebastián Henríquez, académico de Derecho de la Universidad de Las Américas, sede Concepción, hay que tener clara la diferencia entre un servicio que se encuentra resguardado por las normas de la Ley del Consumidor y otro que no. Para ello, el arriendo con fines turísticos debe ser realizado por un proveedor, que se define como aquella persona natural o jurídica que habitualmente desarrolle actividades, en este caso, de prestación de servicios a consumidores. Por ello, la habitualidad en este caso brindará el marco normativo que establece importantes derechos para el consumidor, como de garantía, a información veraz y oportuna, de seguridad en el consumo de bienes y servicios, y cumplimiento de ofertas publicitarias, entre otros.
Esto también exige la formalidad del negocio con la respectiva extensión de boleta por los servicios, lo cual ayudará a acreditar el servicio ante posteriores reclamos ante el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac).
Frente a incumplimiento de condiciones comerciales se puede realizar un reclamo ante el Sernac, quien en principio citará a las partes a una mediación para efectos de buscar una solución pacífica entre ellas, dado que el mencionado ente no tiene facultades sancionatorias. De no existir acuerdo, al consumidor le queda el camino de una denuncia infraccional ante el Juzgado de Policía Local, quien puede aplicar sanciones y ordenar indemnizar los daños causados. Todo ello implica no poco engorrosos trámites, así como la contratación de un abogado, por lo que la recomendación siempre es informarse previamente, buscar opciones que permitan reservar el lugar sin abonos previos y solo pagar una vez que se haya verificado la calidad y seriedad del servicio.