Carabineros justifica uso de balines y gases por violencia en manifestaciones
PROTOCOLOS. Informe de la institución uniformada asegura que uso de la fuerza fue ejecutado de forma gradual hasta llegar al empleo de munición no letal.
Un informe de Carabineros ingresado a la Corte de Apelaciones de Temuco con fecha 18 de noviembre, sostiene que el uso de la fuerza por parte de la institución uniformada durante las primeras manifestaciones sociales ocurridas en el mes de octubre -que terminaron con al menos cuatro personas con lesiones graves en sus ojos- estuvieron justificadas por la cantidad de personas movilizadas y por la violencia de las marchas.
El documento, firmado por el jefe de la IX Zona Araucanía, el general Carlos González, detalla que los funcionarios elevaron los protocolos de uso de la fuerza hasta el nivel 4 de su instructivo ante "el riesgo inminente de los funcionarios de Carabineros, así como de terceras personas y la propiedad privada" debido a la agresividad de los manifestantes.
Previamente, precisa González, los efectivos de Carabineros aumentaron progresivamente sus medios para lograr disolver las manifestaciones.
Instructivo
Así, la gradualidad aumentó desde una advertencia verbal, hasta el uso de carros lanza agua, dispersión de gases lacrimógenos con granadas de manos y empleo de vehículos de reacción táctica.
De acuerdo al protocolo institucional de empleo de armas antidisturbios, el instructivo es claro y señala que "se deberá considerar en todo momento por parte del usuario aspectos como la distancia entre el tirador y la muchedumbre, las características del lugar (abiertos, cerrados, pasajes, calles, etc.), o si en la muchedumbre se encuentran participando niños, niñas o adolescentes, mujeres embarazadas, adultos mayores, o personas con capacidades diferentes o con notorios problemas de salud, lo anterior con la finalidad de evaluar el tipo de munición a utilizar o la conveniencia de su uso".
Respecto al uso de gases lacrimógenos, el general González reconoce que el protocolo de Carabineros prohibe utilizar disuasivos químicos en sectores donde puedan verse afectados hospitales, consultorios, jardines infantiles o lugares de similar naturaleza, caso en el cual utilizarán otros mecanismos para restablecer el orden público.
En el hospital
Recientemente la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Temuco acogió un recurso de amparo interpuesto por el Instituto Nacional de Derechos Humanos y ordenó a Carabineros de la IX Zona Araucanía a cumplir estrictamente los protocolos institucionales, que excluyen el uso de armas y gases lacrimógenos en manifestaciones públicas pacíficas, especialmente en las inmediaciones del Hospital Regional Doctor Hernán Henríquez Aravena. El recurso de amparo fue ingresado en representación de los pacientes y personal del centro de salud.