Corte acoge apelación y envía a Pradenas a prisión preventiva
CASO ANTONIA. Abogado defensor estudiará amparo ante la Suprema. El imputado fue trasladado en horas de la tarde de ayer hasta la cárcel de Valdivia.
Pasadas las 14.30 de ayer, la Brigada de Delitos Sexuales de la PDI detuvo desde su domicilio en Temuco a Martín Pradenas Dürr, imputado como autor de los delitos de abuso sexual y violación contra cinco mujeres en el Caso Antonia, luego que la Corte de Apelaciones revocara la cautelar de arresto domiciliario del Juzgado de Garantía decretada 24 horas antes.
En un fallo unánime de la segunda sala del tribunal de alzada -integrado por los ministros Alejandro Vera Quilodrán, Mirna Espejo Guiñez y el abogado (i) Roberto Fuentes Fernández- se acogió el recurso de apelación presentado por el Ministerio Público y querellantes particulares, ordenando la prisión preventiva del imputado.
El fiscal Miguel Rojas recibió este fallo "con tranquilidad", indicando que es solo el primer paso de la investigación, pero que hay conformidad, puesto que el tribunal acogió los "contundentes argumentos del Ministerio Público y de los querellantes, incorporando además la perspectiva de género".
La respuesta de Alejandro Barra fue de "agradecimiento, satisfacción y orgullo al ver que la alegría es nacional" y descartando que haya sido la presión social la que influyó en los jueces. "Esto un signo de que la sociedad sí puede hacer cambios", planteó, junto con comunicar que trabajarán en un proyecto para ingresar algunas modificaciones legales, en atención a la experiencia del caso.
ARGUMENTOS DEL FALLO
El ministro Alejandro Vera explicó que la revocación de la cautelar se enmarca en el cumplimiento de los requisitos del articulo 140 del Código Procesal Penal y la proporcionalidad de los delitos acreditados, considerando que la libertad de Pradenas "constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, de las víctimas y para el éxito de la investigación", cuyo periodo quedó fijado en 120 días.
El contexto en que se produjeron las diversas agresiones sexuales también se consideró y fueron encuadradas "dentro del fenómeno de la violencia de género, cuyo concepto obliga a esta Corte a ampliar el análisis", haciendo alusión a los tratados vigentes y estándares internacionales.
Por otro lado, el fallo también revocó la desestimación que había dictado el juez Gutiérrez el pasado miércoles respecto de los delitos sexuales concernientes a los hechos dos, cuatro y el abuso sexual de Antonia, quedando pendiente la apelación de la prescripción de los hechos uno y tres, los que serán agendados en tabla ordinaria.
De este modo, el ministro Vera argumentó que la revocación de la cautelar y la acreditación de los delitos responden al mérito de los alegatos, a los antecedentes presentados tras la exhibición de medios audiovisuales y, sobre todo, a las declaraciones de las víctimas, cuyos testimonios fueron objeto de pericias, por lo que "dan cuenta de su coherencia y fiabilidad, encontrándose además corroborados por otras declaraciones prestadas por testigos y pruebas recolectadas por el ente persecutor".
Por último, el ministro Vera recordó en el fallo que "la sola ebriedad o el consumo de sustancias tóxicas, no puede considerarse como un consentimiento anticipado para sostener una relación de connotación sexual, ya que tal condición disminuye, afecta o limita la capacidad volitiva de la víctima".
Finalmente, Martín Pradenas fue trasladado en horas de la tarde de ayer hasta la cárcel de Valdivia.