"No sería adecuado que se le exigiera al Estado pagar por todos los daños de hechos de violencia"
"Defender los intereses públicos". Esa es la frase que puede resumir, de la manera más breve, la función del Consejo de Defensa del Estado (CDE). Su presidente, Juan Peribonio, estuvo de visita en Temuco, para conocer de cerca el trabajo de la Procuraduría Fiscal que funciona en La Araucanía, que se encarga de tramitar, vigilar y alegar en causas judiciales que se tramitan en la Región y que implican al CDE.
En esta entrevista, el presidente del CDE habla de causas judiciales originadas en la Región, que alcanzaron relevancia pública, y además expresa su opinión respecto de acciones judiciales contra el Estado, emprendidas en el contexto de hechos de violencia rural.
-¿Cómo toma el CDE la condena millonaria contra el Fisco, mediante la cual se dictaminó que se le deberá pagar mil millones de pesos a los hijos del matrimonio Luchsinger? ¿Cómo toma el CDE la observación de la justicia respecto a una "falta de servicio" por parte del Estado para proveer seguridad?
-En nuestro parecer, el Estado no incurrió en falta de servicio. Esto lo sostuvimos y probamos con sólidos argumentos a lo largo del juicio y así se consideró en las sentencias de primera y segunda instancia. Desde luego, el CDE acata la sentencia de la Corte Suprema, aunque con preocupación, porque es una alerta respecto del estándar que está fijando en la Corte en cuanto a la actuación del Estado en materia de resguardo de la seguridad pública que, como sabemos, depende de muchos factores. En cuanto al monto de la indemnización, éste lo fija prudencialmente el tribunal en función a la gravedad del daño que ha experimentado la parte demandante. El Consejo considera que éstos superan los fijados por los tribunales y, en ese sentido, escapan incluso de los propios parámetros que ha fijado el Poder Judicial para casos similares.
-¿Qué opina el CDE sobre el llamado que han hecho ciertas voces en torno a "tomar acciones judiciales contra el Estado por el no cumplimiento del deber estatal de proveer seguridad a sus habitantes"?
-Nuestro ordenamiento jurídico reconoce el derecho de las personas a recurrir ante la justicia en defensa de los derechos que crean asistirles (...) Sin embargo, hoy más que nunca no debe perderse de vista que la obligación de resguardar el orden público es una obligación de medios y no de resultados. ¿Existe alguna sociedad en la que no se cometan delitos? Desde luego que no. Por eso, no sería adecuado que se exigiera al Estado pagar por todos los daños generados por estos hechos de violencia. El estándar exigible es que se examine si el Estado hizo lo razonablemente posible por evitarlos.
Casos emblemáticos
-Respecto del caso judicial "Huracán", en donde hay exfuncionarios de Carabineros ad portas de un juicio. ¿Qué perjuicios considera que se concretaron en contra de la labor del Estado?
-La asociación conformada por los acusados tuvo la finalidad de elaborar informes policiales falsos para autogenerarse medios de prueba que les permitieran imputar responsabilidad penal a ocho comuneros mapuches (…) Para el Consejo, el perjuicio ocasionado por el actuar indebido de los acusados deviene de la evidente afectación del principio de probidad que todo funcionario público debe observar, y que en este caso es de la mayor gravedad, ya que se afectó la credibilidad de los organismos que intervienen en la administración de justicia del país, hecho por el cual perseguimos sanciones de la mayor severidad. (…) El Consejo espera obtener las condenas más altas consideradas por la ley para sancionar cada uno de los delitos acreditados, así como los inéditos mecanismos de comisión utilizados, reparando de algún modo el nocivo impacto ocasionado en la confianza que la ciudadanía ha depositado en el sistema de justicia criminal.
-Respecto del caso judicial en torno a investigaciones por el "Caso Colectivos" en La Araucanía, en donde el CDE fue querellante y parte de la causa que terminó con sentenciados, ¿el CDE espera seguir buscando nuevas aristas y antecedentes o considera que el caso ya está cerrado?
-Efectivamente, en conjunto con la Fiscalía, el Consejo obtuvo sentencias condenatorias contra de una funcionaria pública de la Seremi de Transportes de La Araucanía y los particulares que se concertaron con ella para la emisión indebida de numerosos certificados que autorizaban el funcionamiento de taxis colectivos. Para la funcionaria pública se determinó una pena superior a los seis años de privación de libertad efectiva. Lamentablemente, ello no se ha podido cumplir, pues la condenada se dio a la fuga y se mantiene rebelde hasta la fecha. Eventualmente, de surgir nuevos antecedentes y si el Consejo lo estima pertinente, se evaluará ejercer las acciones que correspondan.