"Las violaciones a los DD.HH. no se pueden restringir solo a los agentes del Estado"
CITACIÓN. El abogado Carlos Tenorio, litigante experto en temática de conflicto indígena, expondrá hoy en la Convención Constitucional.
El abogado del caso Luchsinger Mackay, quien es experto litigante en temáticas de conflicto indígena, Carlos Tenorio, expondrá hoy en la Comisión de Derechos Humanos, Verdad Histórica, Bases para la Justicia, Reparación y Garantías de No Repetición de la Convención Constitucional.
La citación telemática para las 9.30 horas es por mandato de los constituyentes Manuela Royo y Roberto Celedón, ambos en calidad de coordinadores de dicha comisión.
El objeto de la sesión es escuchar las audiencias pendientes y finales, en el marco de la convocatoria realizada en el mes de agosto por la comisión.
En esta oportunidad, la comisión recibirá a personas naturales y a organizaciones vinculadas con la temática de los DD.HH. Dentro de las organizaciones están citadas: Londres 38, Movimiento Salud en resistencia, el Centro Cultural de DD.HH. Salvador Allende, el Centro Progresista Judío, International Center for Transitional Justice, un Parque para Las Salinas y la Agrupación de Exconscriptos de Chile.
Como personas, además del abogado Carlos Tenorio, está la abogada Carmen Hertz y la profesora Soledad Cisternas, enviada especial del SGNU sobre Discapacidad y Accesibilidad.
En el caso del abogado de la Región, Carlos Tenorio, su intervención, la cual fue solicitada por él mismo a la instancia, está programada de 10.45 a 11 horas.
INTERVENCIÓN
"Yo solicité esta citación, a requerimiento de varias personas que me pidieron que fuera, sobre todo, a raíz de lo que está sucediendo en la Región y la Macrozona Sur. Esto es porque no comparto lo que se dice comúnmente, y esto es que los derechos humanos solamente pueden ser vulnerados por agentes del Estado. Eso no es así: hay que entender que las violaciones a los derechos humanos no se pueden restringir solo a los agentes del Estado", explicó.
Respecto de la argumentación de este llamado jurídico que hace el abogado, explica que "es peligroso" no ampliar dicha concepción. "Hay muchos casos en el mundo donde agentes no estatales han logrado tener un poder de fuego tan fuerte que han lesionado derechos humanos cometiendo delitos de lesa humanidad en contra de una determinada población o grupo, sin necesidad de ser agentes estatales".
Como ejemplo de ello, Tenorio enumera la FARC, ISIS, Sendero Luminoso, la ETA, los talibanes y narcoterroristas, por nombrar algunos. "Por eso, la única invitación que yo hago es a pensar que no nos neguemos a priori a esa posibilidad, porque la opción de que grupos extraestatales tengan un poder asimétrico respecto de una parte de la población y que puedan llegar a cometer crímenes de lesa humanidad contra las personas existe y ha existido siempre", recalcó.
Si esta situación ocurre o no en La Araucanía, el abogado señaló que es materia de investigación, advirtiendo que un escenario probable sería que "grupos de víctimas decidan empezar a tomar el monopolio de la fuerza y autodefenderse cometiendo ilícitos de alta gravedad, entonces, desde todo punto de vista, si uno se niega a esa posibilidad, estamos cometiendo un error".
Al ser consultado, si en este contexto, la CAM y las ORT que han surgido el último tiempo, caben en este análisis de vulneración de derechos fundamentales, dijo que entran en la categoría de agentes no estatales, pero que si vulneran o no los derechos humanos es una cuestión probatoria. "No digo que la CAM sea una violadora de derechos fundamentales a priori porque ese es un tema de carácter probatorio, lo que digo es que no nos neguemos a la opción de que grupos extraestatales puedan ser sujetos activos de violaciones a derechos fundamentales. Eso es todo", precisó el abogado.
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"No nos neguemos a la opción de que grupos extraestatales puedan ser sujetos activos de violaciones a derechos fundamentales".
Carlos Tenorio,, abogado