Abogado del "Caso Antonia" define el veredicto contra Pradenas como algo "inédito" en materia judicial para Chile
TEMUCO. Alejandro Guzmán, querellante en representación de la víctima Antonia Barra, destaca que la "perspectiva de género" aplicada en este juicio permitió apreciar en los hechos y las pruebas, lo cual representa también "un gran paso".
Un nuevo camino que implica un cambio importante en materia de prevención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres, es el que abrió el 6 de agosto de 2022 el fallo con perspectiva de género dictado por el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco en el denominado "Caso Antonia".
Así lo cree el abogado de la familia Barra Parra, Alejandro Guzmán, profesional del Derecho que se fundiera en emotivos abrazos con los padres de Antonia Barra tras conocerse el veredicto condenatorio contra Martín Pradenas; y quien además definiera como "inédito" e importante dicho fallo para el ámbito jurídico nacional, dado que se sienta un precedente desde la experiencia de Temuco.
"Sin perjuicio de que conoceremos más detalles sobre esto cuando veamos la sentencia completa el 26 e agosto, el veredicto que se ha dictado, sin duda, es algo muy importante e inédito en materia judicial, tanto local como nacional, toda vez que la perspectiva de género es aquella que permitió poder ver, apreciar y ponderar de una manera holística los hechos por los cuales se ha acusado, debido a la ampliación del marco de análisis de los medios de prueba que mandata la Convención Belem do Pará; pese a no contar con el relato presencial de la víctima", explicó Guzmán.
A juicio del abogado, una de las virtudes del fallo en cuestión es que logra ver más allá de las pruebas tradicionales de acreditación y se abre paso a los indicios de conexión probatoria y pruebas de carácter tecnológico, digital, testimonial, entre otras, claramente, en referencia al audio que dejó Antonia Barra antes de fallecer.
"Todo esto ha sido un gran paso a nivel judicial que permitirá que en el futuro se puedan acreditar hechos de esta naturaleza con otros elementos de prueba, que permitan su conexión con la realidad, entendiendo que estos delitos deben ser juzgados de una forma distinta a otros delitos, ya que acá no se afectan bienes jurídicos disponibles de carácter patrimonial, sino bienes jurídicos no disponibles, no patrimoniales y que son individuales, tales como la indemnidad y la libertad sexual", detalla el profesional, quien reitera que esto "ha sido un gran avance y un cambio importante hacia la prevención, la sanción y la erradicación de la violencia contra la mujer" en nuestro país.
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"Todo esto ha sido un gran paso a nivel judicial que permitirá que en el futuro se puedan acreditar hechos de esta naturaleza con otros elementos de prueba".
Alejandro Guzmán,, abogado