Huelgas de hambre: delegación de DD.HH. de la ONU visita la Región
FALLO. La Suprema aplazó para hoy la resolución de la apelación de Celestino Córdova, quien solicita cambiar la cárcel por arresto domiciliario. Durante la jornada de ayer hubo rogativas en Imperial.
En medio de una multitudinaria rogativa a las afueras del Hospital Intercultural de Nueva Imperial, presiones políticas desde la oposición y con el arribo de una delegación de la Oficina de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos de la ONU a la Región, la Corte Suprema aplazó para hoy el fallo de la apelación del machi Celestino Córdova, quien está condenado desde el 2014 a 18 años de presidio por el delito de incendio con resultado de muerte del matrimonio Luchsinger Mackay.
Su defensa está solicitando suspender el cumplimiento de su pena privativa de libertad por el arresto domiciliario total en su rehue por un periodo de seis meses, debido a la crisis sanitaria.
APELACIÓN
Al respecto, y tras los alegatos respectivos, el defensor regional, Renato González, señaló que espera que el fallo admita las pretensiones de la apelación porque la suspensión temporal solicitada "es esencial para su recuperación espiritual y física".
González argumentó que "los fundamentos de la apelación se enmarcan en la aplicación del Convenio 169 de la OIT y en la Convención Americana de DD.HH. Es esta la última instancia judicial que nos queda para solicitar la salida del machi a su rehue", dijo.
Por su parte, el abogado de la familia Luchsinger-Mackay, Carlos Tenorio, precisó que espera que la Corte Suprema falle conforme a derecho.
"En el estricto derecho no veo ningún fundamento jurídico de la normativa vigente en Chile para dar lugar a la petición de la defensa, porque la interpretación que hacen del Convenio 169 son erróneas, y no lo digo yo: lo dice la OIT, ya que en este caso su aplicación vulneraría los derechos fundamentales de la víctima respecto de una reparación justa y, por otro lado, su aplicación debe aplicarse entre miembros de una misma etnia o pueblos originarios, no siendo este el caso, puesto que claramente los Luchinger Mackay no eran parte de un pueblo originario", detalló Tenorio.