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Derechos sociales llegan al pleno de la Convención Constitucional

AVANCES. La Comisión de Derechos Fundamentales aprobó artículos sobre el sistema público de seguridad social, pensiones, salud y la libertad de enseñanza.
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El Austral

La Convención Constitucional se acerca a uno de los momentos más importantes de su funcionamiento: la votación en el pleno de las normas relativas a los derechos sociales. Algunas de ellas fueron visadas entre el jueves y el viernes en la Comisión de Derechos Fundamentales.

Ayer, luego de un intenso debate, dicha instancia aprobó y despachó al pleno los artículos relacionados con la seguridad social y las pensiones. En específico, el texto aprobado señala que "la Constitución garantiza a toda persona el derecho a la seguridad social, fundada en los principios de universalidad, solidaridad, integralidad, unidad, igualdad, suficiencia, participación, sostenibilidad y oportunidad".

El mismo artículo agrega que "la ley establecerá un Sistema de Seguridad Social público, que otorgue protección en caso de enfermedad, vejez, discapacidad, supervivencia, maternidad y paternidad, desempleo, accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en las demás contingencias sociales de falta o disminución de medios de subsistencia o de capacidad para el trabajo. En particular, este sistema asegurará la cobertura de prestaciones a las personas que ejerzan trabajos domésticos y de cuidados".

Pensiones y salud

Respecto de las pensiones, la propuesta solo señala que "el Sistema de Seguridad Social garantizará un sistema de pensiones que establezca prestaciones definidas, oportunas y suficientes que den certeza respecto del monto recibido".

En este sentido, no se detalla qué entidades administrarán los fondos ni se excluye la posibilidad de que actores privados participen en el sistema.

Ayer la comisión también despachó al pleno la norma sobre el derecho a la salud, la que señala que "toda persona tiene derecho a la salud y bienestar integral, incluyendo su dimensión física y mental". Además, crea el Sistema Nacional de Salud, de carácter universal y público, financiado por el Estado y con aportes de los empleadores y trabajadores. Asimismo, agrega que "podrán existir seguros privados voluntarios, los que en ningún caso podrán sustituir o duplicar el rol del Estado" y que "ninguna persona habrá de incurrir en un gasto catastrófico en salud".

También se aprobaron los artículos sobre el derecho a la educación, incluyendo la libertad de enseñanza. "La Constitución reconoce la libertad de enseñanza y es deber del Estado respetarla", dice la norma. Y agrega que "la Constitución respeta la libertad de los particulares para fundar y gestionar proyectos educativos". Adicionalmente, se especifica que dicha libertad "comprende la libertad de padres, madres, apoderados y apoderadas a elegir el tipo de educación de las personas a su cargo".

El jueves, la instancia aprobó el articulado sobre el derecho a la vivienda, estableciendo que "toda persona tiene derecho a una vivienda digna y adecuada, que permita el libre desarrollo de una vida personal, familiar y comunitaria". El texto señala que el Estado "deberá tomar todas las medidas necesarias para asegurar el goce universal y oportuno de este derecho".

La Haya: impacto de las canalizaciones del Silala marca el juicio entre Chile y Bolivia

RÍO. Audiencias se retoman el lunes. Ayer fue el turno de los científicos bolivianos.
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Las diferencias entre Chile y Bolivia por el impacto de las canalizaciones hechas hace un siglo en la parte boliviana del Silala, un curso de agua transfronterizo, marcó esta semana las audiencias en la Corte Internacional de Justicia (CIJ), que debe decidir cómo se reparten ambos países el recurso hídrico.

El abogado de Chile Samuel Wordsworth interrogó ayer a los expertos en hidrografía presentados por Bolivia, que han cifrado entre 11% y 33% el aumento del caudal que cruza hacia la frontera chilena gracias a esas obras, realizadas por la empresa ferroviaria Antofagasta-Bolivia Railway Company en el Potosí boliviano.

El letrado criticó el trabajo de campo de Bolivia, pues en una de las estaciones donde sus expertos hicieron mediciones manuales, en 2017, se obtuvo un resultado de 131 litros por segundo, casi el mismo dato que se tiene de 1922, antes de las obras de la compañía de trenes.

El experto hidrográfico danés Roar Jensen contestó que en otras estaciones de medición detectaron un aumento del caudal de hasta 160 litros por segundo.

"Es un modelo muy complejo y está basado en las pruebas que hemos podido recopilar sobre el terreno. Hemos dedicado mucho tiempo haciendo perforaciones en Bolivia", explicó Jensen.

Determinar el impacto de las obras de la empresa ferroviaria en la parte boliviana del Silala se ha convertido en uno de los puntos centrales del juicio, pues La Paz ha reclamado "soberanía" sobre ese caudal adicional que presuntamente provocaron esas obras.

Chile por su parte defiende que el país vecino no puede exigir derechos exclusivos sobre ese flujo extra y asegura que los trabajos de la empresa ferroviaria aumentaron el agua que fluye hacia nuestra frontera en menos de 1%.

En la sesión del jueves, Bolivia criticó que el trabajo de campo de los expertos presentados por Chile no se llevase a cabo en el Potosí boliviano, donde se originan las aguas.

El juicio en La Haya ha servido para acercar posturas, pues Bolivia ha reconocido durante las vistas que el Silala es un río internacional, tal como dijo Chile en su demanda original.

Nuestro país por su parte ha asegurado que no se opondría a que Bolivia desmonte las obras de la empresa ferroviaria que han causado fricción durante el juicio, aunque esto conlleve una disminución en la cantidad de agua que cruza la frontera.

El juicio continuará el lunes y hasta el 14 de abril. El fallo, inapelable, será a fines de este año o a principios de 2023.

Medioambiente vota normas sobre el derecho al agua

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En paralelo, este viernes sesionó la Comisión de Medioambiente. Al cierre de esta edición, la instancia había aprobado y despachado al pleno de la Convención varias normas sobre el derecho al agua. Una de ellas señala que "el Estado podrá autorizar el uso de las aguas. Esta autorización será inapropiable, incomerciable, intransferible, temporal y obliga al titular al uso que justifica su otorgamiento". Otro de los artículos dice que "la Constitución reconoce a los pueblos y naciones indígenas los derechos sobre las aguas existentes en sus tierras y territorios, las cuales serán administradas directamente por ellos".